Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 19/09/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 15 de julio de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace pública la autorización concedida a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación de los Pliegos de Producto relativos a mermeladas, miel y dulces navideños al efecto exclusivo de la certificación de dichos productos para el uso de la marca Calidad Certificada.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Con fecha 14 de julio de 2005, por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria se ha dictado la correspondiente Resolución por la que se autoriza a SGS ICS Ibérica S.A., para actuar como organismo de certificación de los Pliego de Producto relativos a mermeladas, miel y dulces navideños al efecto exclusivo de la certificación de dichos productos para el uso de la marca "Calidad Certificada", cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"R E S U E L V O

Primero. Estimar la petición formulada por SGS ICS Ibérica S.A., y en consecuencia, otorgar la autorización a dicha entidad para actuar como organismo de certificación de los Pliegos de Producto relativos a mermeladas, miel y dulces navideños, reconocidos mediante sendas Resoluciones de 19 de noviembre de 2004 como Sistema de Calidad al efecto exclusivo de la certificación de dichos productos para el uso de la marca Calidad Certificada.

Segundo. La citada entidad estará sometida al régimen de supervisión de esta Consejería y deberá facilitar el acceso de su personal a sus instalaciones, debiendo proporcionar cuanta información sea necesaria para el ejercicio de las funciones que como órgano competente le corresponden.

Tercero. La entidad deberá acreditarse ante ENAC o cualquier otra entidad de acreditación de las reguladas en el Capítulo II, sección 2.ª, del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial aprobado por el Real Decreto

2200/1995, de 28 de diciembre, para el alcance definido en el apartado primero de esta disposición, en el plazo de 2 años, a partir de la notificación de la presente Resolución.

Cuarto. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la presente Resolución.

Quinto. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida el incumplimiento o variación sustancial de estas circunstancias."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 15 de julio de 2005.- El Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

Descargar PDF