Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 23/09/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo

ORDEN de 16 de septiembre de 2005, de unificación de plazos de presentación de solicitudes de determinadas órdenes de convocatoria de ayudas de distintos programas que gestiona el Servicio Andaluz de Salud.

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P R E A M B U L O

Con la finalidad de facilitar a los solicitantes un tratamiento unificado de los distintos plazos de presentación de solicitudes de las diversas subvenciones establecidas por esta Consejería de Empleo, que, a su vez, comporte una mejora en la racionalización y eficiencia en la tramitación de los correspondientes expedientes, se ha estimado oportuno fijar desde el 15 de noviembre al 15 de diciembre como período común de plazo de presentación de todas aquéllas cuya naturaleza lo aconseje.

En virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta de las Direcciones Generales de Intermediación e Inserción Laboral; de Fomento del Empleo y de Formación para el Empleo

D I S P O N G O

Artículo único. Se modifican el apartado 2 del artículo 2 de la Orden de 12 de diciembre de 2000, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional; el apartado 2 del artículo 6 de la Orden de 16 de noviembre de 2001, por la que se convoca y desarrolla el programa de Experiencias Mixtas de Formación y Empleo; el apartado a) del punto 6 del artículo 23 de la Orden de 21 de enero de 2004, por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y Empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local; el apartado 5 del artículo 17 de la Orden de 22 de enero de 2004, por la que se establecen las normas reguladoras de concesión de ayudas del Programa de Orientación Profesional y se regula el Programa de Itinerarios de Inserción; el apartado 5 del

artículo 12 de la Orden de 30 de enero de 2004, por el que se establecen las normas reguladoras de concesión de ayudas de los programas de Acciones Experimentales y de Estudios y Difusión del Mercado de Trabajo; el apartado 5 del artículo 12 de la Orden de 2 de febrero de 2004, por la que se regula el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, de Acompañamiento a la Inserción y se convocan a ayudas para su ejecución; el artículo 10 de la Orden de 26 de febrero de

2004, por la que se desarrollan y convocan las ayudas públicas para el fomento de actividades de los Nuevos Yacimientos de Empleo en Andalucía; el artículo 23 de la Orden de 8 de marzo de 2004, por la que se regulan los Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo; y el artículo 18 de la Orden de 15 de marzo de 2004, por la que se desarrollan y convocan las ayudas públicas de Apoyo y Asistencia Técnica al Autoempleo y a la Promoción de la Mujer Trabajadora; que quedan redactados del siguiente modo:

"Las solicitudes de las subvenciones reguladas por la presente Orden deberán presentarse entre el 15 de noviembre y el 15 de diciembre del año anterior a aquél en que vayan a iniciarse las actividades".

Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de septiembre de 2005

ANTONIO FERNANDEZ GARCIA

Consejero de Empleo

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