Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 27/09/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº2 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 437/2003. (PD. 3525/2005).

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NIG: 2905441C20032000727.

Procedimiento: J. Verbal (N) 437/2003. Negociado: MT.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Activos e Inmovilizados, S.L.

Procurador: Sr. Pérez Berenguer, Juan José.

Contra: Mercantil Campo Enterprises Limited.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 437/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Fuengirola a instancia de Activos e Inmovilizados, S.L. contra Mercantil Campo Enterprises Limited sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En la ciudad de Fuengirola (Málaga) a veintidos de julio de dos mil cinco. La Ilma. Sra. Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos, doña Esperanza Brox Martorell, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal , seguidos bajo el número 437/03, en virtud de demanda de Activos e Inmovilizados S.L representados por el Procurador de los Tribunales don Juan José Pérez Berenguer, bajo la defensa de la letrada Sra. doña Elena Narvaez Valdivia contra la entidad Mercantil Campo Enterprises Limited, declarada en rebeldía.

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda formulada por Activos e Inmovilizados S.L. frente a la mercantil Campo Enterprises Limited, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la suma de 1.209,59 euros, más los intereses legales procedentes desde la fecha de la interpelación judicial, y al pago de los gastos procesales.

Líbrese y únase certificación de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de su original en el libro de sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.).Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mercantil Campo Enterprises Limited, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a nueve de septiembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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