Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 10 de enero de 2005, por la que se eleva a definitiva la relación de seleccionados/as, con expresión de los destinos adjudicados, correspondiente al concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías del Grupo I, convocado por la Orden que se cita.

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Aprobada la propuesta formulada por la Comisión de Selección por Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 7 de julio de 2004 y de conformidad con lo establecido en la base décima de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 15 de febrero de 2002 por la que se convoca concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo I (BOJA núm. 30, de 12 de marzo de

2002), modificada por la Orden de 17 de marzo de 2003 (BOJA núm., de 3 de abril de 2003), y en uso de la competencia que le confiere el art. 5.3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, y el art. 2.2 del Decreto 255/1987, de 28 de octubre, esta Consejería de Justicia y Administración Pública

HA RESUELTO

Primero. Elevar a definitiva la relación de seleccionados/as, con expresión de los destinos adjudicados, del concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo I, convocado por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 15 de febrero de 2002, modificada por la Orden de 17 de marzo de

2003, y que figuran en el Anexo I de esta Orden.

En función de la integración de categorías llevadas a cabo en el vigente VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía (BOJA núm., de 28 de noviembre de 2002), los adjudicatarios/as de la categoría convocada Titulado Superior-Derecho (clave 1088), aparecen y se integran como seleccionados/as dentro de la categoría de Titulado Superior (clave 1009).

Segundo. Los/as aspirantes seleccionados/as comparecerán ante las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales de los Organismos Autónomos para los destinos en los Servicios Centrales, y ante los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, Direcciones Provinciales y Gerencias Provinciales de los Organismos Autónomos, para los destinos en dichos Centros Directivos, a fin de formalizar el contrato laboral de carácter fijo e iniciar los demás trámites necesarios, en el plazo de 10 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Tercero. Los Centros Directivos en los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada a cada seleccionado/a, según Anexo adjunto, tramitarán por el Sistema de Información de Recursos Humanos la contratación ante el Registro General de Personal de conformidad con la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.

Cuarto. Conformado el contrato por la Secretaría General para la Administración Pública, en virtud del art..b) de la Orden de 10 de noviembre de 2000 (BOJA núm., de 30 de noviembre de

2000), y una vez suscrito por el trabajador, se dará traslado de una copia del mismo al Registro General de Personal, para su posterior inscripción. En todos los casos, los efectos del contrato se iniciarán el día 15 de marzo de 2005.

Quinto. La no comparecencia del candidato/a seleccionado/a dentro del plazo previsto, sin causa que lo justifique, supondrá el desistimiento del trabajador a la formalización de su contrato con la Junta de Andalucía.

Sexto. En el contrato se hará constar un período de prueba de

2 meses, de conformidad con lo previsto en el art. 19 del Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, durante el cual tendrá los derechos y obligaciones correspondientes a su categoría profesional y al puesto de trabajo que desempeñe.

No se exigirá el período de prueba antes referido, cuando el trabajador/a haya desempeñado las mismas funciones en el ámbito del Convenio Colectivo, cualquiera que sea la modalidad de contratación laboral u ocupación, por un período

equivalente, al menos al del período de prueba.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de

reposición, en el plazo de un mes, ante la titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAP y PAC, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 10 de enero de 2005

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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