Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 04/10/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. Nº1 DE COIN

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 35/3002. (PD. 3633/2005).

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NIG: 2904241C20021000113.

Procedimiento: J. Verbal (N) 35/2002. Negociado: 2.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña María Francisca Cantos Moreno.

Procurador: Sr. Salvador Enríquez Villalobos.

Contra: Don Nicholas Andrew Appleton, Doña Jacqueline Kim Appleton y Banco de Andalucía, S.A.

Procuradora: Sra. María Josefa Fernández Villalobos.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 35/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Coín a instancia de María Francisca Cantos Moreno contra Nicholas Andrew Appleton y Jacqueline Kim Appleton sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En la ciudad de Coín, a 10 de abril de dos mil cinco. Don Gonzalo Alonso Sierra, Juez de Primera Instancia e Instrucción número Uno de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio declarativo verbal tramitados en este Juzgado bajo el número 35/02 instancia de doña Francisca Cantos Moreno representada por el Procurador Sr. Enríquez Villalobos, contra Banco de Andalucía, don Nicholas Andrew Appleton y doña Jacqueline Kim Appleton, que comparecen en su propio nombre y representación.

F A L L 0

Estimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Enríquez Villalobos en nombre y representación de doña María Francisca Cantos Moreno contra don Nicholas Andrew Appleton y Doña Jacqueline Kim Appleton, y estimando parcialmente la dirigida contra Banco de Andalucía debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1.º Condenar a Don Nicholas Andrew Appleton, Doña Jacqueline Kim Appleton al pago solidario de 440.000 ptas. en su cantidad equivalente en euros.

2.º Declarar que el Banco de Andalucía es garante solidario del pago de 270.000 ptas. de la anterior condena, a cuyo pago resulta condenada igualmente con carácter solidario.

3.º Condenar a los demandados al pago del interés legal del dinero desde la interposición de la demanda; si bien respecto de los Sres. Appleton se computará sobre los 440.000 ptas. y respecto de Banco de Andalucía sobre 270.000 ptas. en su cantidad equivalente en euros.

4.º Condenar a don Nicholas Andrew Appleton y Jacqueline Kim Appleton al pago de las costas devengadas en este pleito por el actor.

Respecto de la acción dirigida contra Banco de Andalucía no ha lugar a condena en costas debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a dicha notificación manifestando su voluntad de recurrir y los concretos pronunciamientos que impugna ante este Tribunal y para ante la Audiencia

Provincial.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Nicholas Andrew Appleton y Jacqueline Kim Appleton, extiendo y firmo la presente en Coín, veinte de junio de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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