Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 04/10/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE UTRERA

ANUNCIO de corrección de errores (BOJA núm. 136, de 14.7.2005).

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Detectado error en las bases de la convocatoria de cuatro plazas de Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento mediante oposición libre, publicadas en el BOP núm. 158, de 11 de julio, y BOJA núm. 136, de 14 de julio de 2005, y una vez revisadas las mismas, se procede a la corrección de dicha deficiencia, que a continuación se relaciona:

1.º Apartado V, relativo a Tribunales:

Donde dice:

"Novena. Los Tribunales Calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes a que se contraen las distintas pruebas de acceso se compondrán conforme a lo prevenido en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se regulan las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Dicha composición será la siguiente:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue.

Vocales:

Un Técnico Municipal designado por el Alcalde.

Un representante designado por los grupos políticos.

Un representante designado por la Junta de Personal.

Un representante designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto."

Debe decir:

"Novena. Los Tribunales, bajo la presidencia del Alcalde o Concejal en quien delegue, estarán constituidos por cuatro vocales, predominantemente técnicos, y un secretario, actuando válidamente cuando concurran el presidente, el secretario y dos vocales. De los cuatro vocales, uno será representante de la Consejería de Gobernación y otro de la junta o delegados de personal o, donde no existan, del sindicato más representativo entre los funcionarios de los municipios de la Comunidad Autónoma, los dos restantes serán designados por el Alcalde; todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para la categoría de la plaza convocada.

Será secretario el de la Corporación o el funcionario que se designe como sustituto, con voz y sin voto. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. Los Tribunales podrán contar con asesores técnicos, con voz y sin voto.

A los Tribunales les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes."

Lo que se hace público para general conocimiento, en Utrera,

23 de septiembre de 2005.- El Secretario General Acctal., Federico Navarro Graciani.

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