Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 10/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 4 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Huelva, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente CP-096/2002 sobre Modificación núm. 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Término Municipal de Zufre.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION NUM. 1 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DEL TERMINO MUNICIPAL DE ZUFRE (CP-096/2002)

Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuidas por el Decreto

193/2003, de 1 de julio, en sesión celebrada el día 4 de noviembre de 2004, por unanimidad, dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Procedente del Ayuntamiento de Zufre, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente a la Modificación Núm. 1 de las Normas Subsidiarias de planeamiento de dicho término municipal, a los efectos del pronunciamiento de la Comisión Provincial en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la legislación vigente.

Segundo. Se incluye en el expediente administrativo incoado Declaración Definitiva de Impacto Ambiental de carácter favorable condicionada emitida por la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Medio Ambiente con fecha 28 de agosto de 2003, así como informe de esta misma Delegación en el que tras la ampliación del objeto de la Modificación, considera innecesario un nuevo sometimiento del expediente al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental. En materia de carreteras se integran en el expediente informes emitidos por el Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fechas 9 de mayo de 2002, 11 de noviembre de 2003 y 28 de junio de 2004, así como certificado de la Secretaria Municipal donde se constata que se solicitó informe en esta materia a la Diputación Provincial de Huelva con fecha 14 de junio de 2004 sin que dicho organismo hasta la fecha haya procedido a su emisión.

Por último constan en el expediente informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fechas 20 de mayo, 4 de junio de 2002 y 7 de julio de 2004.

Tercero. La presente Modificación tiene un doble objetivo, por un lado el cambio de clasificación de unos suelos de no urbanizable especialmente protegidos por el Plan a urbanizable de uso característico industrial y por otro lado la ampliación del Sector a fin de eliminar las chatarrerías existentes al borde de la Carretera A-461 de Minas de Riotinto-Santa Olalla clasificándose estos terrenos como suelo urbanizable sectorizado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a) y

36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo

13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión del artículo 36 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. A la presente Modificación le será de aplicación asimismo de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley 7/2002, según lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la misma, las normas previstas para la Modificación de los Planes en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento.

Tercero. El contenido documental de la presente Modificación cumple los requisitos establecidos en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. Según lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, las Normas Subsidiarias de planeamiento del término municipal de Zufre asumen la denominación de Plan General de Ordenación Urbanística de Zufre.

Quinto. La innovación propuesta se enmarca en el supuesto regulado en el artículo 38 de la Ley 7/2002, de 17 de

diciembre, ya que no se produce mediante la misma la

alteración integral de la ordenación establecida por el instrumento de planeamiento o en todo caso, la alteración estructural del Plan General de Ordenación Urbanística.

R E S U E L V E

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación núm. de las Normas Subsidiarias de planeamiento del término municipal de Zufre, de forma condicionada a la subsanación de los extremos señalados en el siguiente apartado, quedando supeditado el registro y publicación de la presente innovación al

cumplimiento de los mismos.

Segundo. El Ayuntamiento de Zufre deberá subsanar las

siguientes determinaciones:

En lo relativo a la documentación aportada se indica la necesidad de la aprobación mediante Acuerdo Plenario Municipal de los anexos presentados a la Modificación al objeto de cumplimentar lo establecido en los apartados a) y b) del artículo 36.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Por otra parte se señala que se deberá incluir entre las instrucciones a facilitar al futuro instrumento de desarrollo, la necesidad de ubicar de manera adecuada el acceso desde la Carretera A-461 y la línea de la edificación de conformidad con lo dispuesto en el informe emitido por el Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como la adecuación de la ordenación del mismo a las determinaciones contenidas en los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y en la Declaración definitiva de Impacto Ambiental emitida.

Por último se recomienda a la Corporación Municipal, dado el impacto paisajístico que pueda suponer la implantación de un Polígono Industrial, el exhaustivo cumplimiento de las

condiciones estéticas de las construcciones referentes a las terminaciones de cubiertas, fachadas y medianeras.

Al objeto de su publicación y su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero, se considera necesario la elaboración por parte de la Corporación Municipal de un Texto unitario de la Modificación donde se recoja la subsanación de las deficiencias detectadas, del cual deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático.

Tercero. Esta Resolución se inscribirá en el Registro

Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se notificará a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo con competencia territorial según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con

cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Huelva, 4 de noviembre de 2004.- La Delegada, Rocío Allepuz Garrido.

Descargar PDF