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A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo que determina el artículo 9.1 del Real Decreto 1712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, y debido al vencimiento del plazo legalmente establecido para la convalidación, se requiere a la industria de la provincia de Jaén que figura en Anexo para que en el plazo de 15 días a partir de su publicación formule la solicitud de convalidación, indicándole que de no hacerlo en el mismo, se procederá a la retirada de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento y, en consecuencia, a la revocación de la inscripción correspondiente, sin cuyo requisito se reputarán clandestinas.
Envases Plásticos La Galduriense, S.C.A.
Núm. R.S.: 39.0001466/J.
Estación de Jódar.
23500 Jódar (Jaén).
Jaén, 23 de septiembre de 2005.- El Delegado, Juan Francisco Cano Calabria.
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