Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 04/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

CORRECCION de errores de la Resolución de 24 de noviembre de 2004, del Instituto Andaluz del Deporte, por la que se aprueban listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en las becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación deportiva (BOJA núm. 244, de 16.12.2004).

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Advertido error en la Resolución de 24 de noviembre de

2004, del Instituto Andaluz del Deporte, por la que se aprueban listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en las becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación deportiva, referente a omisión del Anexo 1 citado en la Orden, se adjunta para su publicación:

ANEXO I

01.Solicitud presentada fuera de plazo, o sin firmar, o no ajustada al modelo oficial.

02.No presentar breve currículum vitae profesional.

03.Certificación académica personal no aportada, o aportada sin firmar o sin cotejar.

04.No presentar declaración expresa responsable de otras becas solicitadas y/o concedidas, para la misma u otra finalidad y, en su caso, el compromiso de renunciar a las concedidas si resulta adjudicatario/a, o presentada sin firmar.

05.No presentar declaración expresa responsable de no percibir ningún sueldo o salario que implique vinculación contractual o estatutaria o presentada sin firmar.

06.No presentar declaración expresa responsable de no haber sido objeto de resolución administrativa o judicial firme de reintegro consecuencia de procedimientos sustanciados en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía o en su caso, acreditación de su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente, o presentado sin firmar.

07.No presentar declaración expresa responsable de no haber sido separado del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario, o presentada sin firmar.

08.No estar en posesión de la titulación universitaria obtenida a partir de los cursos 1999-2000, tal como se especifica en la base 2.2 de la Orden de convocatoria.

09.No estar en posesión de la titulación universitaria exigida o no estar ésta homologada por el Estado español.

10.No poseer nacionalidad española o la de alguno de los países miembros de la Unión Europea, tal como se especifica en la base 2.1 de la Orden de convocatoria.

Málaga, 21 de diciembre de 2004

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