Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 31/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 14 de enero de 2005, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo del municipio de Archidona (Málaga). (Expediente núm. 434/2004/SIM).

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El Excmo. Ayuntamiento de Archidona (Málaga), mediante escrito de 31 de diciembre de 2005, solicita, de acuerdo con lo establecido en el punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de su Escudo municipal, que ostenta de forma tradicional en virtud de uso o costumbre, tal y como se justifica mediante estudio histórico y certificación de su vigencia. Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la mencionada Ley, se procede a su descripción:

- "Sobre campo de gules un castillo de plata y en su puerta una dama sentada, con cabeza coronada, vestida de época, gola al cuello, manto floreado y una armadura, en azul con realces de oro, que cubre su torso y sus brazos. Sobre el pecho de la matrona las armas de los Girones de segunda generación. En su mano diestra una espada desenvainada y en ristre, y en la siniestra un manojo de espigas de trigo. En el cantón siniestro del jefe un sol de oro figurado. Dama y castillo se asientan, en perspectiva, sobre un paisaje campestre que ocupa la barba del escudo, constituido por una amplia franja de tierra en tonos verdes y una franja inferior aparentemente de agua, en azul, mucho más estrecha. Como timbre, sobre el todo, corona abierta: círculo de oro guarnecido de pedrería y realzado con ocho florones (visibles en el frontal tres enteros y dos medios en los laterales), interpolados de perlas levantadas sobre pequeñas puntas (visibles en el frontal, cuatro)."

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, R E S U E L V E

Primero. Admitir la inscripción del Escudo del municipio de Archidona (Málaga), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de enero de 2005.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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