Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de fecha 22 de septiembre de
2005, se declara el municipio de Mijas (Málaga), zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, teniendo los establecimientos ubicados en el municipio libertad horaria durante los siguientes períodos:
a) Semana Santa, comprendiendo desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos, de los años 2006, 2007, 2008 y
2009.
b) Del 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2006, 2007, 2008 y 2009.
Sevilla, 27 de septiembre de 2005.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
Descargar PDF