Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 3 de octubre de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declaran en situación de expectativa de destino a los aspirantes que superaron la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de la categoría de Pediatras EBAP.

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De conformidad con lo establecido en las bases 4 y 5 del Anexo I de la Resolución de 8 de julio de 2002 (BOJA núm. 87, de 25 de julio) por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Pediatras EBAP, finalizado el plazo de presentación de documentos establecido en la Resolución de 15 de julio de

2005 (BOJA núm. 144, de 26 de julio), de esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud por la que, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, se aprobaron las resoluciones definitivas de la fase de selección del proceso extraordinario; y revisada la documentación aportada por los seleccionados, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto

136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el en el Decreto

241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVE

Primero. Declarar en situación de expectativa de destino, tras verificar la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, a los aspirantes que han superado la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo de la categoría de Pediatras EBAP, convocado por la citada Resolución, y que figuran relacionados en el Anexo.

Segundo. Declarar, conforme a lo establecido en la base.2 de la Resolución de convocatoria, la pérdida de los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo de Pediatras EBAP del siguiente aspirante, al haberse verificado que el mismo no acreditó en plazo estar en posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria: Asencio García, Vicente Manuel, DNI 31.785.223.

Tercero. Conforme a lo establecido en la base 5.3 de la convocatoria, la situación de expectativa de destino no otorga derechos económicos ni derecho al desempeño de una plaza como personal estatuario de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, hasta que no se obtenga una plaza

definitiva como personal estatuario fijo tras la participación y obtención de la misma en la fase de provisión, momento hasta el cual se mantendrán en la citada situación de expectativa de destino.

Cuarto. Conforme a lo establecido en las bases 5.4 y 5.5 de la convocatoria, el personal que fuera declarado en expectativa de destino y que estuviera desempeñado una plaza de la misma o distinta categoría y especialidad en las Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, sea como personal con nombramiento estatutario fijo o como personal temporal, seguirá en su desempeño en las condiciones previstas en ella, hasta la obtención, en su caso, de una nueva tras su participación en la fase de provisión.

Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de octubre de 2005.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

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