Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 17/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 3 de octubre de 2005, de la Secretaría General de Modernización de la Justicia, por la que se da publicidad a la subvención excepcional concedida al Ilustre Colegio de Abogados de Granada, para la gestión de la celebración de una exposición conmemorativa del V Centenario de la Real Chancillería de Granada.

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El pasado 30 de septiembre de 2005 se suscribió en la ciudad de Granada, entre la Consejera de Justicia y Administración Pública y el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, un Convenio de Colaboración para la gestión de la celebración de una exposición conmemorativa del V Centenario de la Real Chancillería.

Durante el presente año se conmemora el V Centenario de la constitución de la Real Chancillería de Granada. Durante estos cinco siglos ha experimentado una importante evolución histórica, desde su constitución como máximo órgano de impartición de Justicia y control político y administrativo en época de Fernando el Católico y su hija la Reina Juana, hasta su configuración actual como sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Para divulgar esto y acercar la Administración de Justicia, como servicio público, a la ciudadanía se ha programado una exposición denominada "Real Chancillería 1505-2005. Ciudad, Poder y Justicia". La citada exposición, de interés público y social, se celebrará entre el mes de diciembre de 2005 y el 8 de febrero de 2006.

Este convenio tiene por objeto la colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Granada para la gestión de la celebración de la exposición "Real Chancillería 1505-2005. Ciudad, Poder y Justicia". Para ello, la Consejería de Justicia y Administración Pública concederá una subvención excepcional, articulada mediante este convenio, cuya cuantía total será de 360.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

Dicha subvención excepcional se regirá por la Ley 38/2003, de

17 de noviembre, General de Subvenciones, por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás disposiciones normativas de desarrollo de las mismas. El artículo 107 de la citada Ley General de Hacienda Pública faculta a la concesión de subvención excepcional para finalidades públicas y de interés social, y el artículo 109 de esta misma, obliga a dar publicidad a las subvenciones concedidas por los órganos de la Junta de Andalucía.

El abono y justificación de la subvención se realizará de la siguiente forma:

- Anualidad 2005: 180.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.481.00.14.B. Dicho importe se abonará en un solo pago que deberá ser justificado en el plazo de tres meses desde su percepción.

- Anualidad 2006: 180.000 euros, a cargo de la aplicación presupuestaria 3.1.11.00.01.00.481.00.14.B.2006. Dicho importe se abonará, una vez justificado el anterior, en un solo pago que deberá ser justificado en el plazo de tres meses desde su percepción.

Sevilla, 3 de octubre de 2005.- El Secretario General de Modernización de la Justicia, Celso J.º Fernández Fernández.

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