Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 18/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 4 de octubre de 2005, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra Morena Cordobesa (Córdoba).

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La Mancomunidad de Municipios de la Sierra Morena Cordobesa (Córdoba), mediante Acuerdo adoptado por la Asamblea General, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2004, ha solicitado de esta Dirección General de Función Pública la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, perteneciente a la Escala de Habilitación de Carácter Nacional.

Se fundamenta la anterior solicitud en que las circunstancias económicas y de población que concurren en la Mancomunidad de Municipios de la Sierra Morena Cordobesa, le impiden mantener por sí sola dicho puesto de trabajo.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 4 y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de

24 de mayo, he tenido a bien disponer:

Artículo único.

Primero. Se acuerda la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra Morena Cordobesa (Córdoba). Las funciones atribuidas al puesto suprimido serán ejercidas por funcionario o funcionarios con habilitación de carácter nacional de alguno de los municipios que integran la Mancomunidad o por el sistema establecido en el artículo 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 4 de octubre de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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