Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 18/10/2005

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Consejería de Empleo

ANUNCIO de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por el que se publica un extracto del contenido de los actos de requerimiento de subsanación de solicitudes en el procedimiento de concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden que se cita.

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En cumplimiento del artículo.3 de la Orden de 19 de julio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales, y se convocan las correspondientes al año 2005 (BOJA núm. 159, de 17 de agosto de 2005), en relación con lo dispuesto en los artículos.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 9.2.e) del Decreto/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, se anuncia la publicación en los tablones de anuncios de la Consejería de Empleo, sita en Avenida de Hytasa, 14, de Sevilla, y de sus respectivas Delegaciones Provinciales, del contenido íntegro del acto de requerimiento de subsanación de las solicitudes incompletas presentadas por los Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden de 19 de julio de

2005, anteriormente citada.

De conformidad con el artículo.1 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, la subsanación de la falta y/o los documentos a aportar deberá realizarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo.1 de la citada Ley/1992, y en el artículo 13 de la Orden de 19 de julio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Colegios Profesionales andaluces para el desarrollo de actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales y se convocan las correspondientes al año 2005.

Sevilla, 3 de octubre de 2005.- La Directora General, Esther Azórit Jiménez.

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