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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, en su sesión 3/05, de 28.6.05, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
PE-2: EXPEDIENTE DE PPO DEL SECTOR UR-9
"FINCA EL CAÑEO" PROMOVIDO POR LA ENTIDAD PERIANA
PROPERTIES, S.L.
Vistas la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Texto Refundido de la Ley del Suelo, la Ley 1/1997, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la disposición transitoria cuarta de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y de la Disposición Transitoria primera del Decreto 193/03 y los Reglamentos de desarrollo, se acuerda:
1.º Aprobar definitivamente el PPO del sector UR-9 "Finca El Cañeo" del PGOU de Periana, promovido por la entidad Periana Properties, S.L.
2.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento, que deberá proceder a su depósito en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de convenios urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2/2004, de 7 de enero.
3.º Proceder a su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos y su posterior publicación en el BOJA.
4.º Indicar que contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a su notificación o publicación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia en Málaga.
De conformidad con lo previsto en el art..5 de la Ley 30/1992, la presente se extiende con anterioridad a la aprobación definitiva del acta.
El cuadro comparativo de los parámetros de la Modificación de Elementos de las NN.SS que ampara al expediente y de los del PPO es el siguiente:
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Se hace constar que dicho instrumento de planeamiento ha sido inscrito y depositado en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número de Registro 608 mediante Resolución de 27.4.05.
Málaga, 28 de junio de 2005.- El Vicepresidente 2.º de la Comisión, José María Ruiz Povedano.
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