Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 25/10/2005

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Huelva, de Acuerdo de Iniciación en el procedimiento de desamparo núm. 353-2005-21-000138, 139, 140 y 141 del expediente de protección núm. 352-2004-21-000019, 20, 23 y 25.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. del Decreto 42/02, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Acuerdo de Iniciación en el procedimiento de desamparo núm. 353-2005-21

000138, 139, 140 y 141, expedientes núm. 352-2004-21-000019,

20, 23 y 25, relativo a los menores A.M.C.T., J.C.T., R.C.T. y S.C.T., al padre de los mismos don Andrés Manuel Caro Esteban, por el que se acuerda:

1. Iniciar el procedimiento de desamparo con respecto a los menores A.M.C.T., J.C.T., R.C.T. y S.C.T.

2. Declarar la situación provisional de desamparo de los menores A.M.C.T., J.C.T., R.C.T., y S.C.T. nacidos/as en Nerva (Huelva) el día 30 de marzo de 1996, Nerva (Huelva), el 22 de octubre de 1997, Nerva (Huelva), el día 2 de abril de 2001 y Nerva (Huelva), el día 4 de abril de 2001 respectivamente, y en base a tal declaración, ejercer la tutela de dicho menor de conformidad con lo dispuesto en el art. 172 del Código Civil.

3. Constituir el acogimiento residencial de los/as menores que será ejercido por la Dirección del Centro.

4. Los/as menores podrán ser visitados/as en el centro en los días y horarios señalados por la dirección a tales fines.

5. Designar como instructor/a del procedimiento que se inicia a Begoña Pichardo Vela.

6. Comunicar el presente acuerdo a las partes interesadas y a los órganos administrativos, de acuerdo con el art. 22.2 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero.

Con respecto a los padres o tutores de los menores se les comunica que disponen, según el artículo 24.2 del Decreto

42/2002, de 12 de febrero, de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a esta notificación, para aportar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

El artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece el plazo general para la resolución y notificación del presente procedimiento de tres meses, pudiendo acordarse la ampliación del mencionado plazo según el artículo 49 de la citada norma.

En caso de que al vencimiento del plazo máximo establecido no se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento. En este supuesto, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Huelva, 28 de julio de 2005.- El Delegado, José Martín Gómez.

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