Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 11/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 19 de octubre de 2005, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se adjudican ayudas para el desarrollo de proyectos educativos europeos en el marco del Programa Sócrates-Comenius, Acción 1, para el curso 2005-2006.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de

5 de noviembre de 2004 (BOJA núm. 236, de 2.12.2004) se convocaron ayudas para Centros Coordinadores y Asociados de Proyectos Educativos Europeos en el marco del Programa Comenius, Acción 1, en sus tres modalidades: 1.1, Proyectos Escolares; 1.2, Proyectos Ling?ísticos, y 1.3, Proyectos de Desarrollo Escolar. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 242/2004, de 18 de mayo, sobre estructura orgánica de la Consejería de Educación, y en los artículos 12 y 17 de la citada Orden, y tras la confirmación del proceso de matching por la Agencia Nacional Sócrates española, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar ayudas económicas para la realización de Proyectos Educativos Europeos dentro de la Acción 1 del Programa Comenius, a desarrollar con efectos del 1 de septiembre de 2005 al 31 de julio de 2006, a los centros que figuran relacionados en el Anexo I como Proyectos Escolares de la Acción 1.1, en el Anexo II como Proyectos Ling?ísticos de la Acción 1.2 y en el Anexo III como Proyectos de Desarrollo Escolar de la Acción 1.3.

Segundo. Aceptar las renuncias y rechazar los Proyectos que no cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria o que no han sido aprobados por alguna de las Agencias Nacionales Sócrates implicadas, según se recoge en el Anexo IV.

Tercero. La Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa comunicará a la Agencia Nacional Sócrates española la presente Resolución y aportará cuantos datos y documentos se precisen para ser remitidos a las correspondientes instancias de la Unión Europea.

Cuarto. La Agencia Nacional Sócrates española enviará a cada uno de los centros seleccionados el modelo de Convenio Financiero elaborado por la Comisión Europea. Este deberá ser cumplimentado y firmado por el/la Director/a del centro y remitido posteriormente a la Agencia Nacional Sócrates (Paseo del Prado, 28, 1.º 28071-Madrid).

Quinto. Una vez recibidos los fondos de la Comisión Europea, la Agencia Nacional Sócrates iniciará la tramitación para efectuar el libramiento de las cantidades correspondientes a cada uno de los centros seleccionados en dos partidas (80% y

20%), de acuerdo con lo establecido en los Convenios firmados con dichos centros.

Sexto. De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios de este tipo de ayudas quedan obligados a:

1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

2. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Agencia Nacional Sócrates, la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y la Comisión Europea. Incluir los logos de la Unión Europea en la documentación y productos que se generen.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

3.1. Memorias.

3.1.1. Una copia de la memoria pedagógica, según Anexo II del convenio financiero.

3.1.2. Informe de evaluación-estadístico (IEE). El

beneficiario deberá rellenar dicho informe disponible en Internet según Anexo III del convenio financiero.

3.2. Justificación económica.

3.2.1. Certificación de la Dirección del centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda.

3.2.2. Certificación del Consejo Escolar sobre la dotación concedida.

3.2.3. Hoja de Liquidación financiera según el modelo que la Agencia Nacional Sócrates enviará al centro seleccionado junto con el convenio financiero.

3.2.4. Los justificantes de los gastos ocasionados por el PE, que se remitirán a la AN.

3.3. Toda la documentación habrá de remitirse a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación (Isla de la Cartuja. Edificio Torretriana, 3.ª planta, 41071 Sevilla), con excepción de las justificaciones económicas y de la Memoria e Informe (IEE), cuyo original se tramitará a la Agencia Nacional Sócrates.

Séptimo. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en estas bases conllevará el reintegro a la Agencia Nacional Sócrates de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Octavo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el BOJA, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, tras su publicación en el BOJA, ante esta Dirección General, conforme a lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de octubre de 2005.- El Director General, Casto Sánchez Mellado.

height="15">.

Descargar PDF