Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 2906742C20040029414.
Procedimiento: J. Verbal (N) 1550/2004. Negociado: C6.
Sobre: Juicio verbal.
De: Unicaja.
Procuradora: Sra. Pilar Ruiz de Mier Núñez de Castro.
Contra: Doña María Rosario Torres García.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 1550/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de Unicaja contra María Rosario Torres García sobre Juicio Verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
S E N T E N C I A
En la ciudad de Málaga, a veinte de junio de dos mil cinco.
Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal tramitados en este Juzgado bajo el número 1.550/04, a instancia de Monte de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora doña Pilar Ruiz de Mier y Núñez de Castro y defendida por la Letrada Sra. Cuesta Naranjo, contra doña María Rosario Torres García, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
F A L L O
Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Pilar Ruiz de Mier y Núñez de Castro, en nombre y representación de Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), contra doña María Rosario Torres García, en reclamación de cantidad, debo dictar Sentencia con los pronunciamientos siguientes:
1.º Condenar a doña María Rosario Torres García a que abone a Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), la suma de ochocientos sesenta y ocho euros con treinta y seis céntimos (868,36 euros) saldo deudor el día once de noviembre de 2004.
2.º Condenar a dicha demandada al abono del interés pactado del principal desde la fecha de la última liquidación, hasta su completo pago.
3.º Imponer a la demandada las costas procesales devengadas.
Notifíquese la anterior Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada María Rosario Torres García, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintiséis de octubre de dos mil
cinco.El/La Secretario.
Descargar PDF