Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 17/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 9 de agosto de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Arjona Valera y del nombramiento de Patronos.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de Estatutos y del nombramiento de Patronos de la Fundación Arjona Valera, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 5 de agosto de 2005 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública documentación remitida por el Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para la inscripción de la modificación de estatutos y del nombramiento y aceptación de Patronos de la Fundación.

Segundo. La modificación estatutaria afecta en general a su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, así como al domicilio social, reglas de sustitución de Patronos y extinción y liquidación de la Fundación.

Tercero. Al expediente se adjunta copia autorizada de la escritura de elevación a público del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación, otorgada el 25 de febrero de 2005 ante el Notario don Pablo de Blas Pombo, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 295 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 5 de julio de 2004, relativo a la modificación de Estatutos, certificación del secretario sobre la designación de la Presidenta del Patronato y el texto íntegro de los Estatutos. Se unen al expediente los documentos de aceptación de los Patronos, de acuerdo con las formalidades exigidas legalmente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcio-namiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo

30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, habiéndose obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de dicho Departamento de 7 de julio de 2005. Igualmente, el Protectorado manifestó su conformidad con los nombramientos y aceptación de los Patronos, mediante Acuerdo de la Secretaría General Técnica de 8 de julio de 2005.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de Estatutos de la Fundación Arjona Valera que se contienen en la escritura otorgada el 25 de febrero de

2005 ante el Notario don Pablo de Blas Pombo, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 295 de su protocolo.

Segundo. Inscribir en el Registro a los siguientes Patronos: doña Paulina Fernández Valverde (Presidenta); don Pedro Crespo Hidalgo; don Lorenzo Hurtado Linares; don Manuel Jiménez Pedrajas; don Agustín Díaz Rivadeneyra; y don Alfonso Serrano Molina.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 9 de agosto de 2005.- La Directora General (orden de suplencia de 15.7.2005), la Directora General de Reforma Juvenil, María Luisa Cercas Domínguez.

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