Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 18/11/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 17 de octubre de 2005, de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, por la que se convoca la concesión de subvenciones para Asociaciones Turísticas de ámbito regional o supraprovincial que contribuyan al fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz.

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La Orden de 25 de febrero de 2005, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 52, con fecha 15 de marzo de

2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para Asociaciones Turísticas de ámbito regional o supraprovincial que contribuyan al fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz, delegó en el titular de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística la competencia para efectuar las convocatorias anuales de las subvenciones reguladas en dicha Orden.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

R E S U E L V O

Primero. Convocar para el ejercicio 2006 la concesión de subvenciones según el procedimiento general regulado en la citada Orden de 25 de febrero de 2005, de conformidad con las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 25 de febrero de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para Asociaciones Turísticas de ámbito regional o supraprovincial que contribuyan al fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz y demás normativa de aplicación.

3. La concesión de subvenciones a la que se refiere la presente convocatoria estará limitada a las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2006.

Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de octubre de 2005.- La Directora General, Ana Gómez Gómez.

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