Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 22/11/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 9 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 397/2004. (PD. 4265/2005).

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NIG: 2906742C20040007705.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 397/2004. Negociado: 7.

Sobre: Medida Cautelar 417/04.

De: CP C/ Escritor A.º Ramos, Conj. Rcial. Olletas.

Procurador: Sr. José Luis Ramírez Serrano.

Letrado: Sr. Ortiz del Castillo, Fco. Sebastián.

Contra: Roly 2000, S.L. y Andrés David Bohbot Bensadon.

E D I C T O

Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N)

397/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga a instancia de CP C/ Escritor A.º Ramos, Conj. Rcial. Olletas contra Roly 2000, S.L., y Andrés David Bohbot Bensadon, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a treinta de septiembre de dos mil cinco.

La Ilma. Sra. doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga y su Partido, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 188

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm.

397/04 seguidos ante este Juzgado a instancias de la Comunidad de Propietarios calle Escritor Antonio Ramos, Conjunto Residencial Olletas, representada por el Procurador Sr. Ramírez Serrano y asistido por el Letrado Sr. Ortiz del Castillo, contra don Andrés David Bohbot Bensadon y la mercantil Roly 2000, S.L., emplazados por edictos y declarados en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ramírez Serrano en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios calle Escritor Antonio Ramos, Conjunto Residencial Olletas, contra la mercantil Roly 2000, S.L. y don Andrés David Bohbot Bensadon, ambos emplazados por edictos y declarados en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la nulidad de la escritura pública de compraventa de fecha 30.5.2002 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Granada don Juan Carlos Martín Romero bajo el núm.

2.728 de su protocolo, y por la que don Andrés David Bohbot Bensadon vendía a doña Silvia Hilda Bohbot y Bensadon-Klingler como representante de la mercantil Roly 2000, S.L. un solar de

490 metros cuadrados sito en C/ Lotos, núm., de Málaga; que asimismo debo declarar y declaro la nulidad del acta de notoriedad otorgada en fecha 30.9.2002 por la mercantil Roly

2000, S.L., ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Granada don Juan Carlos Martín Romero bajo el núm. 4.650 de su protocolo; y en consecuencia debo acordar y acuerdo la cancelación de la inscripción registral de la finca núm.

50.808, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de Málaga al Tomo 1.781, libro 841, folio 42, llevada a cabo mediante dichos documentos, declarando la propiedad a favor de la Comunidad de Propietarios de C/ Escritor Antonio Ramos, Conjunto Residencial Olletas del solar de 490 metros cuadrados objeto de litigio y que se halla integrado dentro de la finca registral núm.-A del Registro de la Propiedad núm. 2 de Málaga al tomo 1.084, folio 147, y declarando asimismo la falta de título de los demandados sobre dicho solar; todo ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra esta Sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la

notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se

impugnan.

Así por esta mi Sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a los demandados Roly 2000, S.L., y Andrés David Bohbot Bensadon, que se encuentran en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Málaga, a dos de noviembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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