Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 23/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 9 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Función Pública, por la que se clasifican los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención de Clase Segunda del Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba), en Secretaría de Clase Tercera.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba) ha solicitado de esta Dirección General de Función Pública la clasificación de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención de esa Corporación, actualmente de Clase Segunda, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en Clase Tercera, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, ante el decreciente desarrollo poblacional experimentado en los últimos años en el citado municipio.

Al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo

12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto/2005, de

24 de mayo.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Se modifica la clasificación de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento de Iznájar (Córdoba), actualmente como Intervención y Secretaría de Clase Segunda, a Clase Tercera.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 9 de noviembre de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

Descargar PDF