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Detectado error material en la descripción de la vía pecuaria objeto de la Resolución referida, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme al artículo primero, punto 23 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes referida, pasamos a la siguiente corrección:
En la descripción de la vía pecuaria, donde dice:
Vía Pecuaria:
Longitud deslindada: 1.077,06 metros.
Anchura: 36,71 metros.
Superficie deslindada: 40.506,74 metros.
Debe decir:
Vía Pecuaria:
Longitud deslindada: 1.077,06 metros.
Anchura: 37,61 metros.
Superficie deslindada: 40.506,74 metros.
Sevilla, 24 de enero de 2004
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