Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 03/02/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTR. Nº3 DE MARBELLA (ANTIGUO MXT.Nº8)

EDICTO dimanante del procedimiento de ejecución núm. 583/2002. (PD. 307/2005).

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NIG: 2906943C20023000605.

Procedimiento: Ejec. Títulos Judiciales (N) 583/2002. Negociado: MA.

Sobre: Dimana J. Monitorios 51/02.

De: Com. Prop. Edif. Panorámico.

Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.

Contra: Claudia OHayon.

EDICTO

Doña Ana María Martínez Comín Trinxet Secretaria del Juzgado de Primera Instancia núm. Juzgado de Instrucción núm. Tres de Marbella (Antiguo Mixto núm. Ocho).

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el núm. 583/2002 a instancia de Com. Prop. Edif. Panorámico contra Claudia OHayon sobre Ejec. Títulos Judiciales (N) se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACION

Finca Registral inscrita al tomo 1.120; libro120; folio 138, del Registro de la Propiedad número Dos de Marbella, sito en Avda. Duque de Ahumada, edificio Panorámico, planta sótano, almacén número Tres, valorada en 122.412 euros (ciento ventidós mil cuatrocientos doce euros).

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado Avenida Mayorazgo, s/n, el día señalado ocho de marzo y hora de las once de su mañana.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

Identificarse de forma suficiente.

Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

Presentar resguardo donde que se ha depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la Entidad Bancaria Banesto núm. 0704/0000/05/0583/02 o de que se ha prestado aval bancario por el 20% del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con la condiciones expresadas anteriormente.

Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50% del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 650 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

La subasta se celebrará por lotes independientes de acuerdo con la formación que consta en autos.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado, o por error si hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera

celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el día siguiente hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.

Dado en Marbella, a diecinueve de enero de dos mil cinco.El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario.

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