Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 29/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

ACUERDO de 13 de septiembre de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de subvención reglada mediante Resolución en materia de orientación del Servicio Andaluz de Empleo a la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Andalucía.

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Mediante Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 4, entre otros, los Programas de Itinerarios de Inserción y de Orientación Profesional y autoriza en su disposición final primera al titular de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en la actualidad Consejería de Empleo, según artículo 7 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en dicho Decreto. La regulación se completa con lo dispuesto en el Decreto 203/244, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

Con fecha 22 de enero de 2004, mediante Orden del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, actualmente Consejería de Empleo, se establecen las normas reguladoras de concesión de ayudas del Programa de Orientación Profesional y se regula el Programa de Itinerarios de Inserción, establecidos por el Decreto antes citado, teniendo como objetivo establecer las bases reguladoras y el régimen de convocatoria para la concesión de ayudas relativas al Programa de "Orientación Profesional" y regular el Programa de "Itinerarios de Inserción".

Asimismo, la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Andalucía está capacitada para promover la inserción laboral de las personas demandantes de empleo prestando orientación y asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección profesional, posibilidades reales de empleo, cualificación necesaria, necesidades y opciones formativas, búsqueda de empleo o creación de su propio empleo, promoviendo la mejora de la empleabilidad.

Por todo ello, la Consejería de Empleo pretende conceder una subvención reglada a la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Andalucía destinada a la implantación de Unidades de Orientación según se especifica en el artículo 7 de la Orden de 22 de enero de 2004, por un importe total de tres millones ciento setenta y tres mil quinientos cincuenta y seis euros con cincuenta y un céntimos (3.173.556,51 E).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo

104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 E).

Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de septiembre de 2005 adopta el siguiente

A C U E R D O

Primero. Autorizar la concesión de la subvención de tres millones ciento setenta y tres mil quinientos cincuenta y seis euros con cincuenta y un céntimos (3.173.556,51 E) a la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Andalucía mediante Resolución del Servicio Andaluz de Empleo destinada a la implantación de Unidades de Orientación según se especifica en el artículo 7.1 y 7.2 de la Orden de 22 de enero de 2004.

Segundo. Se faculta al Consejero de Empleo para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del proyecto.

Sevilla, 13 de septiembre de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO FERNANDEZ GARCIA

Consejero de Empleo

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