Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 30/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 14 de noviembre de 2005, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se resuelve la concesión de subvenciones reguladas en la Orden que se cita, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz.

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Vistas las peticiones formuladas por los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de 13 de junio de

2005, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamientos de los Juzgados de Paz, y se efectúa su convocatoria pública para el año 2005, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Primero. Conceder a los Ayuntamientos de los Municipios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución las subvenciones reguladas en la Orden de 13 de junio de 2005 para mejorar la infraestructura así como el mobiliario y los enseres de los Juzgados de Paz, cuyas carencias impiden o dificultan la adecuada realización de las funciones que legalmente tienen atribuidas, por las cuantías, actuaciones y proyectos que se especifican en el mismo, entendiéndose desestimadas el resto de solicitudes presentadas.

Segundo. El abono de la subvención se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.761.00.14B.2 del presupuesto de gastos de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en cuenta bancaria a nombre del Ayuntamiento beneficiado que haya indicado en la solicitud, y en un único pago por el importe total de las mismas.

Tercero. Se establecen como plazos de ejecución para la realización de las actividades subvencionadas:

- En el supuesto de actuaciones que consistan en obras de reforma, reparación y conservación de las dependencias y edificios destinados a la prestación de las funciones de los Juzgados de Paz, el de 4 meses, a contar desde la percepción de la subvención concedida.

- En el supuesto de actuaciones que consistan en adquisición de bienes inventariables, incluidos los de carácter informático o adquisición de equipamiento para las dependencias y edificios destinados a la prestación de las funciones de los Juzgados de Paz, el de un mes, a contar desde la percepción de la subvención concedida.

Cuarto. La justificación de la subvención concedida se realizará ante esta Delegación Provincial, en el plazo de 3 meses a contar desde la finalización del plazo para la realización de la actividad, con sujeción a lo previsto en el artículo 14 de la citada Orden de 13 de junio de 2005, ajustándose al modelo que figura en el Anexo 4 de la citada Orden, en la que conste:

- Haber sido registrado en la contabilidad del Ayuntamiento el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

- La relación de los gastos efectuados en la ejecución del proyecto, tanto el correspondiente a la parte subvencionada, como, en su caso, a la aportada por las Entidades Locales, en caso de ser aquella menor.

Esta Delegación Provincial podrá solicitar cuanta información estime oportuna en orden a garantizar el objeto de la subvención y su correcta aplicación, reservándose la facultad de dejar sin efecto la Resolución e iniciar el expediente de devolución de la subvención concedida, de acuerdo con el Título Octavo de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, si se da a la subvención una aplicación distinta a lo aquí resuelto o se incumple alguno de los requisitos contenidos en los puntos anteriores.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, tal como establecen los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien directamente recurso contencioso-

administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

El texto íntegro de la Resolución y el Anexo donde se recogen los municipios beneficiarios, así como las cuantías,

actuaciones y proyectos subvencionados, se encuentran

expuestos, a disposición de los interesados, en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Justicia y

Administración Pública en Almería, sita en la calle Alcalde Muñoz, núm..

Almería, 14 de noviembre de 2005.- El Delegado, Manuel Ceba Pleguezuelos.

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