Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 01/12/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 15 de noviembre de 2005, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía (A.3000).

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 83/2005, de

15 de marzo (BOJA núm. 56 de 21 de marzo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2005, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucia y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, y en uso de las facultades atribuidas en los artículos 5 y 37.1 de la Ley

6/1985, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo regulado en la Ley 8/1993, de

19 de octubre, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, de conformidad con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas en el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, cobertura que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2º de la Disposición Adicional 2.ª de la Ley 8/1993, de 19 de octubre, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, tendrá lugar por el sistema de oposición libre. De conformidad con el artículo 19.1 del Decreto 2/2002, de 9 de enero.

1.2. El procedimiento de selección constará de los siguientes ejercicios:

1.2.1. Primer ejercicio. De carácter teórico y oral.

Consistirá en exponer durante un tiempo máximo de 65 minutos siete temas: Dos de Derecho Civil, uno de Derecho Hipotecario, dos de Derecho Procesal, uno de Derecho Mercantil, y uno de Derecho Laboral; todos ellos de los contenidos en el programa de materias aprobado por Orden de 23 de octubre de 2002 de esta Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 134, de 16 de noviembre de 2002). Los temas serán designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la exposición de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos, pudiendo el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la intervención del aspirante si, una vez concluida la exposición del tercero de los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta, la puntuación mínima establecida en la base 7 de la presente convocatoria, o no cubriese el tiempo mínimo exigido para cada tema.

1.2.2. Segundo ejercicio. De carácter práctico. Podrán concurrir únicamente los aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio. Consistirá en realizar alguna actuación escrita sobre un asunto judicial, en que sea parte la Junta de Andalucía o sus Organismos Autónomos.

1.2.3. Tercer ejercicio. De idiomas. Podrán concurrir únicamente los aspirantes que hubieran superado los dos ejercicios anteriores. Consistirá en acreditar oralmente ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, el conocimiento suficiente de lectura y traducción del idioma extranjero que el opositor haya escogido entre los oficiales de la Unión Europea. El Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas que se designen.

1.2.4. Cuarto ejercicio. De carácter teórico y oral. Podrán concurrir únicamente los aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores.

Consistirá en exponer, durante un tiempo máximo de 65 minutos, siete temas, de los contenidos en el programa de materias: Dos de Derecho Constitucional - uno de ellos de los números 1 al

20 inclusive del programa y el otro del resto de los de la misma materia-, uno de Derecho Internacional Público y

Comunitario Europeo, dos de Derecho Administrativo-uno de ellos de los números 1 al 31 inclusive del programa y el otro del resto de los de la misma materia-, uno de Hacienda Pública y uno de Derecho Penal. Todos ellos de los contenidos en el programa de materias aprobado por la Orden de esta Consejería de 23 de octubre de 2002, antes referido. Los temas serán designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la exposición de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos, pudiendo el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la intervención del aspirante si, una vez concluida la exposición del tercero de los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta, la puntuación mínima establecida en la base 7 de la presente convocatoria, o no cubriese el tiempo mínimo exigido para cada tema.

1.2.5. Quinto ejercicio. De carácter práctico. Podrán

participar los aspirantes que hayan superado los cuatro ejercicios anteriores. Consistirá en informar por escrito sobre algún asunto jurídico en que esté interesada la

Administración Pública.

1.2.6. Para preparar la exposición oral de los ejercicios primero y cuarto, se concederá al opositor un tiempo de diez minutos.

Para el desarrollo de los ejercicios segundo y quinto los opositores dispondrán de un tiempo máximo de ocho horas en cada uno de ellos, pudiendo consultar textos legales y

jurisprudencia no comentada.

1.3. El primer ejercicio de la oposición no comenzará antes del día 16 de enero de 2006, determinándose el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio en la Resolución que se menciona en la base 4.3.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá, en todo caso, en el Instituto Andaluz de Administración Pública, calle Ramón y Cajal, núm. 35, apdo. de Correos 3200, C.P.

41080 de Sevilla, en las dependencias de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, Sevilla, 41071, en las Delegaciones del Gobierno de Andalucía y en las Delegaciones de Justicia y Administración Pública, en todas las provincias andaluzas.

1.4. El segundo ejercicio y los sucesivos tendrán lugar no antes de los cinco días hábiles, ni después de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes al de terminación del ejercicio anterior.

1.5. Las pruebas selectivas se realizarán en la ciudad de Sevilla.

1.6. El orden de intervención de los opositores, en aquellos ejercicios que así lo requieran, se iniciará alfabéticamente por el primero de ellos cuyo primer apellido comience por la letra E, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 14 de mayo de 2003, por la que se publica el resultado del sorteo público celebrado en esa misma fecha (BOJA núm. 99 , de 27 de mayo de 2003).

1.7. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

1.8. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª, Capítulo I, de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los

aspirantes deberán hacer efectiva por cada solicitud que presenten a la convocatoria una tasa de inscripción de 34,55 euros. La tasa indicada deberá liquidarse utilizando el impreso oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de

26 de diciembre de 2001, que podrá obtenerse en las

Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en las distintas provincias y abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía que se relacionan en el mismo impreso.

Para la adecuada utilización del impreso deberá comprobarse que contiene los siguientes datos: En el espacio destinado a la Consejería competente: "Consejería de Justicia y

Administración Pública"; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: "Instituto Andaluz de Administración Pública"; en los recuadros reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: El número IA

00 00; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso): El código 0005; y en la descripción de la

liquidación (número 36 del impreso): "Por inscripción en las convocatorias para selección del personal al servicio de la Junta de Andalucía". De no recogerse alguno de los datos referidos, deberá ser cumplimentada por el solicitante.

La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando a la solicitud el ejemplar para la Administración del referido impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo.

La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión del solicitante.

Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud, deberá consignarse el código numérico

identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso).

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de

participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

1.9. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos

solicitantes que acrediten su condición de minusválidos en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada del certificado de minusvalía emitido por el órgano competente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u órganos similares de otras Administraciones Públicas, y que se encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2. Requisitos para los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho.

d) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención el apartado 1.8 de la base anterior.

2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y

mantenerse durante el proceso selectivo, hasta el nombramiento como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud tendrá que formularse, necesariamente, en el impreso oficial numerado que será facilitado en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en las dependencias de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de Justicia y Administración Pública en cada una de las provincias andaluzas.

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en el Registro General del citado Instituto, calle Ramón y Cajal, núm. 35, Apdo. de Correros 3200, C.P. 41080 de Sevilla; en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de Justicia y Administración Pública en cada una de las provincias andaluzas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser

certificadas.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de representaciones diplomáticas o consulares, que las

remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

3.3. Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema de acceso libre y, asimismo, tendrán que identificar en la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código A3000, correspondiente al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo, podrán solicitar, expresándolo en el espacio "otros datos", las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización de los ejercicios cuando sean necesarias.

3.6. Todos los aspirantes señalarán en el apartado 3 de la solicitud "otros datos" el idioma escogido para el tercer ejercicio.

4. Admisión de los aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de

Justicia y Administración Pública, dictará Resolución

declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de excluidos con indicación de las causas y plazos de subsanación de defectos.

Dicha Resolución se publicará en el BOJA y en ella se

señalarán los lugares en los que se encontrarán expuestas al público las listas certificadas.

4.2. Con objeto de posibilitar la subsanación siguiente al de publicación de la Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de errores, los

aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del de la lista de admitidos y excluidos.

4.3. Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, por Resolución del Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se declararán aprobados los listados definitivos de opositores, que se expondrán en los mismos lugares indicados en la base 4.1. Procederá la devolución de la tasa que se hubiere exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión por no cumplir los requisitos o por no aportar los documentos exigidos en la convocatoria no da lugar a la devolución de los derechos de examen.

Aquella Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se señalará el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.4. Contra dicha Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Justicia y

Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su

publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será el que figura en el Anexo I de esta Orden.

Podrán asistir a las sesiones del Tribunal las Centrales Sindicales que forman parte de la Mesa Sectorial de

Negociación de Administración General de la Junta de

Andalucía. A estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones Sindicales antes aludidas la designación de un representante para que se incorpore a las reuniones del Tribunal, designación que deberá realizarse en el plazo de quince días naturales contados a partir de la recepción de la notificación del Director del Instituto Andaluz de

Administración Pública. Transcurrido el plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia a la referida posibilidad de asistencia.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta

convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

El Presidente podrá exigir a los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las

circunstancias previstas en dicho artículo.

El plazo para solicitar la renuncia o manifestar la abstención será de diez días naturales a partir de la publicación en el BOJA de la presente convocatoria o desde que se manifieste la correspondiente causa.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.4. El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.

5.5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas pertinentes para que los aspirantes con minusvalías, que así lo indiquen en las solicitudes, gocen de similares condiciones que el resto de los participantes para la realización de estos ejercicios. En este sentido, se establecerán para ello las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para su

realización.

5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Consejería de Presidencia, C/ Alfonso XII, núm. 17, Sevilla, 41001.

5.7. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la

categoría primera de las recogidas en el artículo 32.2 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA núm. 31, de 21 de abril).

5.8. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga este limite será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.2. La publicación de los sucesivos anuncios del comienzo del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en el lugar donde se haya celebrado el primero, en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en cada una de las provincias andaluzas, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Las sucesivas sesiones correspondientes a un mismo ejercicio serán convocadas por el Tribunal al término de la sesión anterior y se publicarán en el lugar de celebración de ésta, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de

aquéllas.

6.3. En cualquier momento, los opositores podrán ser

requeridos por el Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios o que se ha producido variación de las circunstancias alegadas en la solicitud de

participación de la convocatoria, podrá declarar por sí la oportuna rectificación o, en su caso, proponer al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública para que, previa audiencia del interesado, resuelva, por delegación de la Consejera de Justicia y Administración Pública y de forma motivada, lo que proceda.

7. Calificación de los ejercicios.

7.1. La calificación de los ejercicios se hará mediante papeletas, una por cada miembro del Tribunal, en las que se consignará el nombre y el número del opositor con la

calificación obtenida.

El número de puntos para la calificación será de 0 a 5 por cada tema de los ejercicios teóricos, de 0 a 30 para el conjunto del ejercicio de cada uno de los prácticos y de 0 a 5 puntos en el ejercicio de idiomas.

Para determinar la puntuación obtenida, se sumarán los puntos de todas las papeletas, dividiéndose por el número de éstas.

El opositor que en cualquier ejercicio no alcance la

puntuación correspondiente a la mitad de la máxima posible, con arreglo a lo dispuesto anteriormente, quedará eliminado de la oposición.

7.4. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios prácticos.

8. Lista de aprobados, presentación de documentación y

solicitud de destino.

8.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio y en los lugares mencionados en la base 6.2, la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, en la que constarán el nombre, el DNI y las calificaciones de cada uno de los ejercicios.

Dicha relación será elevada a la Consejera de Justicia y Administración Pública con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8.2. El Tribunal se disolverá una vez que la Excma. Sra. Consejera de Justicia y Administración Pública haya nombrado funcionarios de carrera a los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas y cumplan todos los requisitos

establecidos en esta convocatoria.

8.3. La Consejería de Justicia y Administración Pública, a través de la Secretaría General para la Administración

Pública, resolverá, de acuerdo con las necesidades de

ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los

aspirantes seleccionados en las pruebas. En ésta figurará, al menos, el mismo número de plazas que aspirantes hayan sido seleccionados. La oferta se anunciará en el BOJA. Los

aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar la petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública, Plaza de la Gavidia, número

10 Sevilla, 41071, y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en las distintas provincias andaluzas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes con

minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, podrán instar en la propia solicitud de destino la adaptación del puesto de trabajo solicitado y que necesariamente

requiera.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de

preferencia de los puestos, deberán ir acompañadas de los siguiente documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo o de la justificación acreditativa de haber solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite para el

servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos competentes del

Instituto Andaluz de Servicios Sociales u Organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos, siempre que hubiesen sido inscritos o anotados en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

8.4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

8.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones relativas a los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiesen incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera.

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, con especificación del destino adjudicado, mediante Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública que se publicará en el BOJA.

10. Norma final.

Cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de noviembre de 2005

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

ANEXO I

COMISION DE SELECCION DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Presidente: Francisco del Río Muñoz.

Presidente suplente: Angel M. López López.

Vocales:

Julián Moreno Retamino.

Juan María Terradillos Basoco.

Carlos María Pérez-Embid Wamba.

Carmen Carretero Espinosa de los Monteros.

Manuel Andrés Navarro Atienza.

María Dolores Pérez Pino, que actuará como Secretaria.

Vocales suplentes:

Heriberto Asensio Cantisán.

María Paz Sáchez González.

Jorge González Fernández.

José Pablo Matoso Ambrosiani.

María José Santiago Fernández.

Eufrasio Javier Lomas Oya.

Ver Anexo II en páginas 27.697 a 27.700

del BOJA núm. 235 de 1.12.2004

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