Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 07/12/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº2 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 160/2004. (PD. 4485/2005).

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NIG: 2905441C20042000282.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 160/2004.

Negociado: MT.

E D I C T O

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Fuengirola.

Juicio: Proced. Ordinario (N) 160/2004.

Parte demandante: Entidad Banque PSA Finance, Sucursal en España.

Parte demandada: Jean Paul Ramos.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

S E N T E N C I A

En Málaga, a 30 de junio de 2005.

María Amparo Gómez Maté, Juez-Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Fuengirola (Málaga), habiendo visto y oído los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al número 160/2004 a instancia de la entidad mercantil Banque PSA Finance, sucursal en España, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Durán Freire y asistida por la Letrada Sra. Ugart Portero contra don Jean Paul Ramos, en situación de rebeldía.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Durán Freire, en nombre y representación de la entidad Banque PSA Finance, sucursal en España, contra Jean Paul Ramos, en situación procesal de rebeldía; debo condenar y condeno al demandado a pagar a la parte demandante la cantidad de 18.395,86 euros más los intereses pactados desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Líbrese testimonio de esta Sentencia para su unión a los autos de su razón e inclúyase la misma en el Libro de su clase.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 18.10.04 la señora Juez, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

Fuengirola, 26 de julio de 2005.- El/La Secretario/a Judicial.

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