Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 14/12/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº12 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1601/2004. (PD. 4563/2005).

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Juicio: Proced. Ordinario (N) 1601/2004.

Parte demandante: José María Pizarra Expósito. Parte demandada: Layons Motor, S.L.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

El Ilmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de esta ciudad, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En los autos de juicio verbal tramitados bajo el número

1.601/2004-1 en los que figuran las siguientes partes:

- Parte demandante: Don José María Parra Expósito, representado por el Procurador de los Tribunales don Víctor Alberto Alcántara Martínez y con la asistencia letrada de doña María Isabel Pozo Fernández.

- Parte demandada: Layons Motor, Sociedad Limitada, la cual fue declarada en situación procesal de rebeldía al no comparecer a juicio pese a haber sido citada en legal forma.

F A L L O

Estimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:

1.º Declarar resuelto el contrato de arrendamiento de la nave número 2 del sector A-1 situada en la calle Martillo del Polígono Industrial Aeropuerto de Sevilla, suscrito el día 2 de enero de 2001 por don José María Parra Expósito, como arrendador, y don Francisco Tutor Morilla, en representación de la entidad Layons Car, Sociedad Limitada, en cuya posición se subrogó, por cesión consentida y aceptada, la entidad Layons Motor, Sociedad Limitada, y cuyo objeto era el alquiler de la nave número 2 del sector A-1 situada en la calle Martillo del Polígono Industrial Aeropuerto de Sevilla.

2.º Condenar a Layons Motor, Sociedad Limitada, a estar y pasar por tal declaración, debiendo desalojar el local antes referido dentro del plazo legal, pudiendo ser lanzada del mismo en caso contrario.

3.º Condenar a Layons Motor, Sociedad Limitada, a abonar a don José María Parra Expósito las siguientes cantidades:

- La suma de setenta y dos mil quinientos cuarenta y seis euros con setenta y dos céntimos (72.546,72 E).- Los réditos que devengue la precitada cantidad, desde la fecha en que se dicta esta sentencia, al tipo del interés legal anual del dinero incrementado en dos (2) puntos, y el importe de los alquileres que eventualmente resulten impagados desde la mensualidad de noviembre de 2005 (inclusive) hasta que la vivienda y la plaza de aparcamiento sean entregados o puestos a disposición de la demandante, a razón de seis mil cuarenta y cinco euros con cincuenta y seis céntimos (6.045,56 E) mensuales, con el límite máximo solicitado de setenta y ocho mil quinientos noventa y dos euros con veintiocho céntimos (78.592,28 E).

4.º Condenar a Layons Motor, Sociedad Limitada, a abonar las costas procesales que se hubieran causado.

Al notificar la presente resolución a las partes,

instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación; si bien no se admitirá a la parte demandada el recurso si, al prepararlo, no manifiesta,

acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar

adelantadas (art. 449.1 LEC).

Así por ésta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o

residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2005, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la

publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil cinco.El/La Secretario/a Judicial.

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