Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 268/2005, de 29 de noviembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Sevilla, de una parcela del Proyecto de Parcelación SUP-GU-1 (Bermejales-Norte) de la citada ciudad, actualmente Avenida de Italia núm. 57, con destino a Centro de Atención Socioeducativa, y se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el Ayuntamiento de Sevilla fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía la parcela 3-5 del Proyecto de Parcelación SUP-GU-1 (Bermejales-Norte), con destino a Centro de Atención Socioeducativa.

Por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá dotar a la referida zona geográfica con un centro público de atención a la infancia. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 29 de noviembre de 2005,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Sevilla de una parcela, con 1.913 m2 de superficie, que será segregada de la siguiente finca:

Parcela urbana al sitio Cruz de los Caballeros de Sevilla, con cabida de 11.465 m2. Linda: Norte, río Guadaíra; Este, Instituto Tecnológico del Tabaco; Sur, cortijo de Cuarto, y, Oeste, línea de ferrocarril.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Dos Hermanas, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Sevilla, al folio 190 del tomo 1.468, libro

1.398, finca núm. 4.533.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social con destino a Centro de Atención Socioeducativa.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 29 de noviembre de 2005

MANUEL

CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

Descargar PDF