Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 15 de noviembre de 2005, de la Secretaria General Técnica, por la que se aprueba la desafectación de la Vía Pecuaria "Vereda del Hernandillo y Castilleja al Juncal", en el término municipal de Carrión de los Céspedes, provincia de Sevilla (VP@1457/04).

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Examinado el Expediente de Desafectación de la vía pecuaria "Vereda del Hernandillo y Castilleja al Juncal", en el término municipal de Carrión de los Céspedes, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las Vías Pecuarias del término municipal de Carrión de los Céspedes, fueron clasificadas por Orden Ministerial de

2 de junio de 1962.

Segundo. Mediante Resolución, de la Delegada Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, de 3 de mayo de 2005, se acordó iniciar el procedimiento administrativo de desafectación de la vía pecuaria antes mencionada.

Tercero. El tramo a desafectar es el que se inicia desde la línea del término municipal con Castilleja del Campo, hasta el cruce con la autovía A-49 Sevilla-Ayamonte, en el término municipal de Carrión de los Céspedes.

Cuarto. Instruido el procedimiento de desafectación, de conformidad con los trámites preceptivos, por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, el mismo fue sometido al trámite de información pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 197, de 26 de agosto de 2005.

A la Propuesta de Desafectación no se han presentado alegaciones.

A tales antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Desafectación en virtud de lo establecido en el artículo 31.4.º del Decreto

155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación, la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Fiscales y Administrativas rubricada "Desafectación de vías pecuarias sujetas a planeamiento urbanístico", la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en la presente desafectación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normativa aplicable. Vista la Propuesta de Desafectación, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla,

R E S U E L V O

Aprobar la desafectación de la vía pecuaria "Vereda del Hernandillo y Castilleja al Juncal", con una longitud total de

1.926,32 metros, a su paso por el término municipal de Carrión de los Céspedes, provincia de Sevilla, conforme a las

coordenadas que se anexan.

Conforme a lo establecido en el artículo 31.8 del Decreto

155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dará traslado de la presente Resolución a la Consejería de Economía y Hacienda, para que por esta última se proceda a su incorporación como bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizándose la toma de razón del correspondiente bien en el Inventario General de Bienes y Derechos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como

cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 15 de noviembre de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE

2005, POR LA QUE SE APRUEBA LA DESAFECTACION DE LA VIA

PECUARIA "VEREDA DEL HERNANDILLO Y CASTILLEJA AL JUNCAL", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CARRION DE LOS CESPEDES, PROVINCIA DE SEVILLA

COORDENADAS DE DESAFECTACION DE LA "VEREDA DE HERNANDILLO Y CASTILLEJA AL JUNCAL" (CARRION DE LOS CESPEDES. SEVILLA)

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