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SECCION DE ENJUICIAMIENTO
DEPARTAMENTO 3.º
El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance
núm. C-165/05-0, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 29 de noviembre de
2005, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Hace saber: Que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance núm. C-165/05-0, del ramo CC.LL. (Ayto. de Estepona-"Televisión Mar, S.L."-Inf. Fisc. TCu-Ejec.
1995/99), Málaga, por las irregularidades señaladas en el Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y sus Sociedades Mercantiles participadas (ejercicios 1995 a 1999), detectadas en relación con la Sociedad "Televisión Mar, S.L.", en particular, las siguientes: 1. Gastos efectuados a pesar de no tener actividad alguna (epígrafe 6.5.9, pág. 142, del Informe de Fiscalización; 2. Pagos indebidos durante los años
1997, 1998 y 1999, a varios perceptores, en concepto de dietas por asistencia a una Comisión de control y gestión no prevista en Estatutos y de la que no consta Libro de Actas ni ninguna documentación (epígrafe 6.4, apartado 1, pág. 102); y 3. Pagos por servicios no justificados relatados en el epígrafe 6.4, apartado 4 (pág. 103).
Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Dado en Madrid, a treinta de noviembre de dos mil cinco.- El Director Técnico, Secretario del Procedimiento, D. Navarro Corbacho. Firmado y rubricado.
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