Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 28/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 16 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se publica un extracto del contenido de la Resolución de concesión y denegación de subvenciones solicitadas al amparo de la Orden que se cita.

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Examinadas y resueltas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 20 de junio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la formación en materia turística y se efectúa su convocatoria para el año 2005 (BOJA núm. 127, de 1 de julio de 2005), esta Dirección General.

RESUELVE

Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al artículo 9.2.e) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, un extracto de la Resolución de fecha 16 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística por la que se conceden y deniegan subvenciones solicitadas al amparo de la Orden citada.

Segundo. El contenido íntegro de la Resolución estará expuesto en el tablón de anuncios de cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, a partir del día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el plazo de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución, el interesado deberá formular la aceptación o renuncia expresa en los términos recogidos en la Resolución citada. Si transcurrido ese plazo el interesado no lo hiciera, la Resolución dictada perderá su eficacia, acordándose el archivo con notificación al interesado.Los plazos señalados en la Resolución de concesión para la formulación de la aceptación o renuncia expresa a la misma y para la interposición de los recursos procedentes, se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer -con carácter potestativo- en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de reposición ante este órgano, o, si lo desea, directamente recurso contencioso-administrativo ente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo que establece el artículo 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998).

Sevilla, 16 de diciembre de 2005.-La Directora General, Francisca Montiel Torres.

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