Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 09/02/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 16 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Cádiz, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente a la corrección de errores de ficha del catálogo Inmuebles protegidos del Edificio del Antiguo Depósito de Trigo en C/Las Monjas, 19, detectado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Alcalá de los Gazules.

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Para general conocimiento, una vez se ha procedido al depósito y publicación en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la corrección de errores de ficha del catálogo Inmuebles protegidos del Edificio del Antiguo Deposito de Trigo en C/Las Monjas, 19, detectado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Alcalá de los Gazules y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace publico que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, constituida legalmente en sesión ordinaria de fecha 16 de noviembre de

2004, ha acordado lo siguiente:

Visto el expediente administrativo y documentación técnica correspondientes a la corrección de error detectado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Alcalá de los Gazules, aprobadas definitivamente por Resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes con Texto Refundido de fecha 31 de enero de 2000, publicado en BOJA, el 15 de abril de 2000; tramitado por el Ayuntamiento de dicho término municipal, remitido con fecha 19 de octubre de 2004, visto el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes con fecha 9 de noviembre de 2004, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a de la Ley

7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA 154, de 31 de diciembre), en relación con el art. 13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio (BOJA 133, de

14 de julio), la Comisión, por unanimidad,

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente el expediente correspondiente a la Corrección de Error detectado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alcalá de los Gazules, tramitado por el Ayuntamiento de dicho término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el 13 de octubre de 2004, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, así como a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos consiguientes.

1. Situación actual.

El inmueble objeto del presente documento de corrección de errores se encuentra en suelo clasificado como urbano, dentro del Conjunto Histórico Artístico y del Recinto Amurallado. Como se observa en el plano de Estado Actual anexo, está calificado como Residencial "Edificación del Conjunto

Histórico" y, tras la aprobación definitiva de la Modificación Puntual MP-4 de las Normas Subsidiarias Municipales, cuenta con tres fachadas y un lado medianero. De acuerdo con esto, le es de aplicación la Ordenanza de casco antigüo.

Por otra parte, en el Tomo 3 de las Normas Sudsidiarias "Protección del CHA", aparece incluido en la relación de inmuebles catalogados con protección tipológica, ficha T3- C/Las Monjas, 19 (Pósito).

2. Descripción y justificación de las correcciones.

Analizando lo descrito en el epígrafe anterior, encontramos una serie de discordancias entre los distintos tomos que componen el documento de Normas Subsidiarias Municipales, y que afectan principalmente al uso asignado al inmueble y a las actuaciones que se pueden realizar en el mismo:

Por una parte, en el plano 2.1 "Clasificación, Calificación, Regulación y Gestión del Suelo" y en el tomo 2 "Ordenación", el inmueble aparece con la calificación residencial

"edificación conjunto histórico", asignándosele un uso

característico Residencial. Por otra, y de acuerdo con las Determinaciones de Protección de la ficha del Catálogo, el uso previsto para el inmueble es el dotacional (Ordenanza de Equipamiento y Servicios Públicos), permitiéndose en el mismo actuaciones de Conservación, Restauración y Rehabilitación, encaminadas a evitar la alteración tipológica y de fachada. Estas determinaciones son claramente incompatibles entre sí, y de acuerdo con las conversaciones mantenidas, tanto con representantes del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, como con el equipo redactor de las vigentes Normas Subsidiarias, entendemos que el error se encuentra en la ficha del Catálogo, puesto que siempre ha sido intención municipal adquirir el edificio para su rehabilitación y la construcción en él de viviendas de promoción pública. Máxime teniendo en cuenta que la zona donde se ubica el inmueble no es carente de

equipamientos, puesto que se encuentra en el área del Conjunto Histórico Artístico mejor dotada en lo referente a usos públicos (equipamientos y zonas verdes), representando, en cambio, la falta de viviendas protegidas un grave problema en el municipio y sobre todo en su casco antiguo.

De acuerdo con lo anterior, es objeto del presente documento corregir los errores detectados y modificar las

Determinaciones de Protección recogidas en la ficha del Catálogo, manteniendo el Uso Residencial del inmueble y fijando como Elementos a Conservar los que realmente

cualifican al edificio, esto es, su esquina conformada con sillería, y no la totalidad de sus fachadas que realmente carecen de interés.

Así, se adjuntan al presente como anexos copia del plano de Estado Actual (Clasificación, Calificación, Regulación y Gestión del Suelo) y la Ficha del Catálogo correspondiente al documento de Texto Refundido de las Normas Subsidiarias Municipales; así como la Ficha del Catálogo con las

convenientes correcciones.

Esta corrección de errores se fundamenta, en primer lugar, en la consideración de que la asignación al inmueble de un uso Dotacional y las determinaciones de protección incluidas en la Ficha de Protección del Catálogo no están suficientemente justificadas y entran en contradicción con la Calificación Residencial otorgada al mismo en el plano 2.1 de las Normas Subsidiarias; y en segundo lugar, en la necesidad que presenta Alcalá de los Gazules de parcelas en las que se pueda acometer la construcción de viviendas de protección oficial, situación que constituye un grave problema social en el municipio y que propició la adquisición del inmueble para ese fin social.

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE ALCALA DE LOS GAZULES

CATALOGO DE BIENES INMUEBLES PROTEGIDOS

PROTECCION: TIPOLOGICA; FICHA: T-3

I N F O R M A C I O N

Identificación:

Denominación: Antiguo depósito de trigo.

Situación: C/Las Monjas, 19.

Referencia catastral: 59893-010.

Descripción:

Tipología: Silo almacén.

Epoca: S XVIII.

Estilo: Neoclásico.

Reseña estilística: Antiguo almacén de tiempos de Carlos III, constituido como institución de crédito para labradores como acopio de grano y préstamo del mismo. En 1872 se desamortizó, conteniendo un solo departamento sostenido por robustos pilares y arcos de mampostería conformando tres naves.

Presenta fachada en esquina a C/Las Monjas.

Características:

Propiedad: Privada (familia Ellido Gómez).

Uso actual: Residencial.

Uso histórico: Silo almacén.

Estado de conservación: Deteriorado.

Protección vigente: Carece.

Observaciones:

Bibliografía: Historia de la Congregación del Beaterio de Jesús, María y José de Fernando Toscazo de Puelles. La

estructura portante se encuentra en buenas condiciones. La cubierta de teja ha sido sustituida por azotea. Los muros conformadores han sido alterados por apertura de huecos arbitrarios.

P R O T E C C I O N

Nivel de protección: Tipológica.

Elementos de interés-valores: Muros conformadores en piedra, con sillería isodoma doblada en esquina, con chaflán

abocinado.

Criterio de catalogación: Arquitectónico. Escénico. Histórico.

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DETERMINACIONES DE PROTECCION

Actuaciones permitidas: Conservación, restauración y

rehabilitación.

Elementos a conservar: Esquina conformada con sillería isodoma y chaflán abocinado.

Uso: Residencial.

Actuaciones de conservación necesarias: Urgente

rehabilitación.

Programa de actuación: Encaminado a rehabilitar la edificación para albergar viviendas de promoción pública.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 98) height="15">.

Cádiz, 17 de enero de 2005.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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