Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 10/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 18/2005, de 25 de enero, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías.

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Mediante el presente Decreto se normalizan en la Relación de Puestos de Trabajo los puestos de Secretario/a y Auxiliar de Gestión correspondientes a determinados centros directivos, bien creados por el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías; o bien creados con anterioridad a dicho Decreto, pero que carecen de dichos puestos, así como la supresión de los mismos en centros directivos desaparecidos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de enero de 2005

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la Relación Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías.

La Relación de Puestos de Trabajo, correspondiente a las Consejerías de la Presidencia, de Innovación, Ciencia y Empresa, de Obras Públicas y Transportes, de Empleo, de Igualdad y Bienestar Social y de Cultura y al Servicio Andaluz de Empleo queda modificada en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria.

Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias, conforme al procedimiento establecido, para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de la aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 25 de enero de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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