Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 16/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 1 de febrero de 2005, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se concede a la entidad local de Cazalilla (Jaén) prórroga de los plazos de ejecución y justificación de la subvención recaída en el expediente: IR2305304.

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Con fecha 26.1.2005 el Excmo. Ayuntamiento de Cazalilla solicita ampliación de los plazos de ejecución y justificación del proyecto subvencionado en el expediente epigraflado, del cual resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º. El Excmo. Ayuntamiento citado, al amparo de la convocatoria que para el ejercicio 2004 se contiene en la Orden de 27 de enero de 2004 de la Consejería de Gobernación, con fecha 22 de marzo de 2004 presentó solicitud de subvención por importe de 28.023,12 euros y con la finalidad de ejecutar el proyecto de "Adaptación de antiguo ayuntamiento a sala de usos múltiples" y cuyo presupuesto asciende a 28.023,12.

2.º. En virtud de resolución de fecha 2 de agosto de 2004 (BOJA núm. 180 de 14 de septiembre de 2004) se acuerda el otorgamiento de la subvención por importe de 28.023,12 euros; en dicha resolución se establece un plazo de ocho meses para la ejecución de la actuación para la que ha sido otorgada, que contará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución antes citada.

3.º. La solicitud de ampliación del plazo de ejecución y justificación se presenta antes de expirar dicho plazo y se basa, en resumen, en los siguientes extremos: en el desarrollo de las obras se ha producido un retraso como consecuencia de ser necesaria una redistribución de la planta al objeto de dar cumplimiento al Decreto 7/92 de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El art. 19,2 del Decreto 254/2001 de 20 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas publicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico dispone cuando así lo prevean las bases reguladoras y en los términos de las mismas, el beneficiario de la subvención podrá solicitar al órgano concedente la modificación de la resolución de concesión, incluidos la ampliación de los plazos de ejecución y justificación.

2. El párrafo segundo del art. 12,2 de la Orden de 27 de enero de 2004 antes citada en relación con el art. 19,2 del Decreto 254/2001 citado en el párrafo anterior, prevé dicha posibilidad cuando existan razones justificadas debidamente acreditadas y a instancia del interesado sin que esta ampliación pueda exceder de la mitad de dichos plazos en concordancia con el art. 49 de la Ley 30/92 de RJAP y PAC.

3. El art. 19,3 del precitado Decreto 254/2001 dispone la competencia de esta Delegación del Gobierno para acordar la modificación de la resolución de concesión. Vistas las disposiciónes citadas y las demás, de general aplicación se acuerda la siguiente,

R E S O L U C I O N

Conceder al Ayuntamiento de Cazalilla una ampliación de 2 meses al plazo de ejecución inicialmente concedido en el expediente IR2305304.

El contenido de la resolución de otorgamiento dictada con fecha 2.8.2004 permanecerá inalterado en todos sus demás extremos.

Notifíquese la presente Resolución al Ayuntamiento de Cazalilla y publíquese mediante su inserción en el BOJA.

Lo que se le comunica con advertencia de que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su

notificación, o interponer directamente recurso

contencioso-administrativo ante los correspondientes

órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación; todo ello de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46,1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Jaen, 1 de febrero de 2005.- El Delegado del Gobierno,

Francisco Reyes Martínez.

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