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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico y benéfico
Contadores de 7, 10, 13,
, 20 y 25 mm1,7777 euros/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm4,0257euros/mes
Contadores de más de 50 mm7,5275 euros/mes
Uso industrial, comercial y centros oficiales
Contadores de 7, 10, 13,
, 20 y 25 mm7,9538 euros/mes
Contadores de 30,40 y 50 mm10,8476 euros/mes
Contadores de más de 50 mm22,4627 euros/mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
Hasta 10 m/abonado/mes0,2930 euros/m
Más de 10 a 20 m/abonado/mes0,9104 euros/mMás de 20 m/abonado/mes1,1980 euros/m
Uso industrial y comercial
Hasta 35 m/abonado/mes0,6956 euros/m
Más de 35 m/abonado/mes1,0984 euros/m
Usos oficiales
Bloque único 0,3570 euros/m
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificaciones en tarifas domésticas: Conforme al acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 12 de noviembre de 2004, que se transcribe a continuación.
«Bonificación en consumo.
Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo
suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que están fuera del sistema de Canales-Quéntar, se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.
Bonificación Bloque I-0,1567 euros/m
Bonificación Bloque II-0,4066 euros/m
Para los Jubilados-Pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo
interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 10 m al mes.
Se les aplicará una bonificación de 0,2930 euros/m (100%) a los primeros 7,5 m al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual verán incrementado el tope superior del bloque I y II tarifarios en 2,5 m/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro.¯
Recargo especial Cubillas
Suministros domésticos0,2302 euros/m
Suministros industriales0,3140 euros/m
Derechos de contratación
Usos domésticos
Calibres del contador en mm
Hasta 740,5400 euros/cont.
De 51,3600 euros/cont.
De 62,1800 euros/cont.
De 69,3900 euros/cont.
De 87,4200 euros/cont.
De 105,4500 euros/cont.
De 123,4800 euros/cont.
De 159,5400 euros/cont.
De 195,6000 euros/cont.
De 249,7000 euros/cont.
De 303,7900 euros/cont.
De 100375,9100 euros/cont.
De 150556,2100 euros/cont.
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2-P/t). Siendo P = 0,2930 euros; t = 0,1142 euros y D = diámetro del contador en mm.
Usos industriales y comerciales
Calibres del contador en mm
Hasta 743,9600 euros/cont.
De 54,7800 euros/cont.
De 65,5900 euros/cont.
De 72,8100 euros/cont.
De 90,8400 euros/cont.
De 108,8700 euros/cont.
De 126,9000 euros/cont.
De 162,9600 euros/cont.
De 199,0200 euros/cont.
De 253,1100 euros/cont.
De 307,2000 euros/cont.
De 100379,3200 euros/cont.
De 150559,6300 euros/cont.
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2-P/t). Siendo P = 0,6956 euros; t = 0,2584 euros y D = diámetro del contador en mm.
Usos oficiales
Calibres del contador en mm
Hasta 72,6500 euros/cont.
De 13,4700 euros/cont.
De 24,2900 euros/cont.
De 31,5000 euros/cont.
De 49,5300 euros/cont.
De 67,5600 euros/cont.
De 85,5900 euros/cont.
De 121,6500 euros/cont.
De 157,7200 euros/cont.
De 211,8100 euros/cont.
De 265,9000 euros/cont.
De 100338,0200 euros/cont.
De 150518,3300 euros/cont.
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2-P/t). Siendo P = 0,3570 euros; t = 0,3065 euros y D = diámetro del contador en mm.
Derechos de acometida
Parámetro A16,8283 euros/mm
Parámetro B78,1316 euros/litros/segundo
Derechos de reconexión
Calibres del contador en mm
De 716,4200 euros
De 1029,9400 euros
De 13 en adelante30,0900 euros
Fianzas
7, 10 y 13 mm18,4400 euros
15 y 20 mm33,3300 euros
25 mm 52,3000 euros
30 mm 74,3900 euros
40 mm 128,5700 euros
50 mm 177,0900 euros
Más de 50 mm177,0900 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2005 siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 20 de diciembre de 2004.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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