Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 25/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 31 de enero de 2005, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se conceden becas al amparo de la normativa que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Resolución de 1 de julio de 2004, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, se convocaron becas de formación de personal investigador, dentro del Marco de la Sociedad del Conocimiento en la Segunda Modernización, al amparo de la Orden de 30 de agosto de 2002 (BOJA núm., de 17 de septiembre) de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 15 de marzo de 2004 (BOJA núm., de

25 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas.

La Ley 1/2003, de 10 de abril, creó el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, como Organismo autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, cuyos estatutos se aprobaron por Decreto 359/2003, de 22 de diciembre. La disposición adicional segunda del citado Decreto dispone que el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica se subrogará en los derechos y obligaciones de la Dirección General de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, respetando en todo caso los derechos de terceros afectados.

El Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de

24 de abril (BOJA Extraordinario núm., de 25 de abril), sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 5 punto 2, adscribe a la Consejería de Innovación,

Ciencia y Empresas, el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.

En virtud de lo anterior, una vez tramitado el correspondiente expediente y a la vista de la propuesta de la Comisión de Selección y Valoración de Becas, este Instituto en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

R E S U E L V E

Primero. Adjudicación.

Adjudicar las becas convocadas a los beneficiarios que figuran en la tabla anexa, donde además se indica la beca adjudicada, centro y tutor, así como cuatro suplentes.

Segundo. Incorporación y duración.

La fecha de incorporación, será el 1 de febrero de 2005.

Las becas del tipo B "Tecnólogos", tendrán una duración anual, prorrogable en años sucesivos hasta un máximo de tres. Las del tipo D "Postdoctorales", tendrán una duración de un año, prorrogable un año más.

Tercero. Dotaciones e imputación La dotación mensual para las becas del tipo B, "Tecnólogos", será por un importe bruto de

1.000,00 euros. La dotación mensual para las becas del tipo D "Postdoctorales", será por un importe bruto de 2.250,00 euros, y las del tipo C "Predoctorales", 1.026,00 euros.

Estas dotaciones serán de aplicación a las becas que en la actualidad se están ejecutando, con efecto económico desde la incorporación de los becarios de la presente convocatoria.

El coste total de las dotaciones mensuales de esta convocatoria para el primer año de beca es de 638.000 euros y serán imputadas a la aplicación y códigos de proyecto siguientes:

Anualidad 2005

0.1.12.31.16.00.78000.54D.2

2004000816

4 becas postdoctorales x 2250 x 11 meses = 99.000 euros.

2004000834

40 becas tecnólogos x 1000 x 11 meses = 440.000 euros.

2004000817

2 becas postdoctorales x 2250 x 11 meses = 49.500 euros.

Total anualidad: 584.500 euros.

Anualidad 2006

3.1.12.31.16.00.78000.54D.9.2006.

2004000816

4 becas postdoctorales x 2250 x 1 mes = 9.000 euros.

2004000834

40 becas tecnólogos x 1000 x 1 mes = 40.000 euros.

2003000817

2 becas postdoctorales x 2250 x 1 mes = 4.500 euros.

Total anualidad: 53.500 euros.

Cuarto. Dotaciones Complementarias.

Durante el año 2005, los becarios del tipo B "Tecnólogos" y C "Predoctorales" tendrán derecho a percibir una ayuda

complementaria equivalente a dos mensualidades por becario y año, y los del tipo D "Postdoctorales" por importe de tres mensualidades por becario y año, asignación máxima

condicionada a la existencia de presupuesto en cada momento.

El Director del Centro al que se encuentre adscrito el becario autorizará, a propuesta del tutor, el concepto y el importe de gasto solicitado y certificará su ejecución.

Quinto. Notificación a los beneficiarios.

Una vez notificada la adjudicación de la beca al beneficiario, éste dispondrá de cinco días hábiles para aceptar las

condiciones de la beca. Si transcurrido este plazo, no se ha producido la aceptación, ni se ha comunicado por escrito a este Instituto ningún motivo para no comparecer, se procederá a la notificación de adjudicación al primer suplente,

repitiendo el procedimiento anterior, y así sucesivamente hasta agotar la bolsa de suplentes.

Sexto. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la

publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.Sevilla, 31 de enero de 2005.- La Presidenta del Instituto, M. Carmen Hermosín Gaviño.

height="15">.

Descargar PDF