Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 25/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 30 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria sobre proyectos "Escuela: Espacio de Paz" para los cursos 2004-05/2005-06 en Centros concertados.

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Analizada y valorada la propuesta de la Comisión Provincial de Seguimiento del Plan Andaluz de Educación para la Cultura de Paz y No Violencia sobre las solicitudes presentadas por los Centros, según lo previsto en la Orden de

10 de febrero de 2004, por la que se regula la convocatoria de ayudas y el reconocimiento de Proyectos "Escuela: Espacio de Paz" en los Centros docentes concertados, con excepción de los universitarios, de acuerdo con el Plan Andaluz de Educación para la Cultura de Paz y No Violencia, y en la convocatoria realizada por esta Delegación Provincial, habiendo decidido sobre las reclamaciones presentadas durante el plazo de subsanación, en virtud de las competencias que me otorga el art. 8.3 de la citada Orden, resuelvo definitivamente la convocatoria en los siguientes términos:

1. Los Centros relacionados en el Anexo I quedan incluidos de oficio en la Red Andaluza de Escuelas: Espacio de Paz durante los dos cursos escolares que abarca la convocatoria. Los Centros relacionados en el Anexo II seguirán perteneciendo de oficio a la Red. Los Centros relacionados en los Anexos III y IV quedan excluidos de la convocatoria a todos los efectos.

2. Los beneficiarios de la subvención son las Entidades que figuran en los Anexos I y II, identificadas por su CIF. La actividad a realizar es la ejecución del Proyecto cuyo título figura en ambos Anexos. El plazo de ejecución del Proyecto comprende los dos cursos escolares que abarca la convocatoria.

3. La cuantía total de la subvención concedida es la que figura en la columna "Importe Ayuda". El pago de la subvención se distribuirá en dos cursos escolares, el 50% en el curso escolar 2004-2005 con cargo al ejercicio 2004 y el otro 50% en el curso escolar 2005-2006, con cargo al ejercicio 2005. El pago correspondiente al curso escolar 2004-2005 se hará con cargo a la aplicación presupuestaria

"0.1.18.00.01.41.487.02.42F.0". El pago correspondiente al curso escolar 2005-2006 se hará con cargo a la aplicación presupuestaria que la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación determine en el ejercicio 2005.

4. Los requisitos para el abono de la subvención, las condiciones que debe cumplir la Entidad beneficiaria de la subvención y los plazos y forma de justificación por parte de la Entidad beneficiaria son los especificados en la citada Orden de 10 de febrero de 2004 y en la convocatoria de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, realizada por la Delegación Provincial.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la fecha de la Resolución, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1, de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de noviembre de 2004.- El Delegado, Jaime Mougan Rivero.

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