Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 02/03/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Empleo

RESOLUCION de 16 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla en el recurso contencioso-administrativo Procedimiento Ordinario núm. 410/2003, interpuesto por Apartamentos Alameda de Sevilla, S.L.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 410/2003, interpuesto por Apartamentos Alameda de Sevilla, S.L., contra Resolución de 10.12.02 de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, que denegó la subvención solicitada por las trabajadoras doña Ana Vázquez Gutiérrez y doña María Fátima Dos Santos Felipe, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, con fecha 21 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallo: Que estimando como estimo en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Apartamentos Alameda de Sevilla, S.L." representada por la Procuradora doña Julia Calderón Segura y asistida por el Letrado don Felipe Sesé Martínez, contra la Resolución impugnada que en Antecedente de Hecho Primero -al que nos remitimosse reseña, debo declarar y declaro no ser conforme a Derecho tal acto administrativo recurrido, que por ello anulo, reconociendo a dicha recurrente el derecho a que se decida sobre su solicitud de subvención (respecto de las trabajadoras doña Ana Vázquez Gutiérrez y doña María Fátima Dos Santos Felipe) sin apreciar para ello como incumplido el plazo de presentación a que aquélla venía sometida según art. 22 de la Orden de 30.9.1997, con condena de la Administración demandada a estar y pasar por anterior pronunciamiento y a practicar lo necesario para efectividad del mismo; y sin hacer imposición de costas."

Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y

17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 16 de febrero de 2005.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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