Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 04/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 18 de febrero de 2005, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo del Municipio de Montoro (Córdoba) (Expte. núm. 005/2005/SIM).

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El Excmo. Ayuntamiento de Montoro, mediante escrito de 9 de febrero de 2005, solicita, de acuerdo con lo establecido en el punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda, de la Ley

6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de su Escudo municipal, que ostenta de forma tradicional en virtud de uso o costumbre, tal y como se justifica mediante estudio histórico y certificación de su vigencia.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la mencionada Ley, se procede a su descripción:

"- Escudo de forma de peto, está representado por un toro sobre un monte en campo de oro, con corona ducal en su parte superior, y, enmarcado por una guirnalda de hojas de laurel que se entrecruza en su parte inferior con una rama de palma de delgadas hojas, poseyendo la guirnalda una cinta entrelazada en la que se lee noble, leal, patriótica.

El escudo posee campo de azur con toro pasante en negro sobre monte de oro, quedando la corona en oro con piedras preciosas alternándose en rojo y verde, las guirnaldas y hojas de las ramas en negro."

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

R E S U E L V E

Primero. Admitir la inscripción del Escudo del municipio de Montoro (Córdoba), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de febrero de 2005.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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