Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 23 de febrero de 2005, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se prorroga una beca de formación en el área de estadística pública correspondiente a la convocatoria de 2003.

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Mediante la Disposición Adicional Unica de la Orden de 22 de abril de 2003, de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 83, de 5 de mayo), modificada por la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 22 de julio de 2003 (BOJA núm. 143, de 28 de julio), se convocaron becas de formación en el área de la estadística pública a conceder por el Instituto de Estadística de Andalucía para el ejercicio

2003.

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la citada Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 22 de abril de

2003, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.

Mediante Resolución de 16 de febrero de 2005, del Instituto de Estadística de Andalucía, fue adjudicada una beca de formación a Rafael Domínguez Solís, estableciéndose en la citada Resolución la incorporación del beneficiario al Sistema Estadístico de Andalucía el 21 de febrero de 2005 donde desarrolla su actividad, hasta el 28 de febrero de 2005.

Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias del Instituto de Estadística de Andalucía y que el Servicio de Planificación, Formación y Coordinación Estadística informa favorablemente la prórroga de dicha beca de formación, por un período de 6 meses, a contar desde el 1 de marzo de 2005 y finalizando el 31 de agosto de 2005, según lo establecido en el artículo 5.2 de la citada Orden,

RESUELVO

Primero. Prorrogar el disfrute de la beca adjudicada mediante la Resolución citada, por un período de seis meses, al beneficiario siguiente: Rafael Domínguez Solís. DNI

45.652.419-H.

Segundo. Las fechas de inicio y final del disfrute de esta prórroga son 1 de marzo de 2005 y 31 de agosto de 2005 respectivamente.

Tercero. La asignación mensual de la beca objeto de esta prórroga será de 991 euros mensuales.

Cuarto. Notifíquese esta Resolución al interesado. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Director del Instituto de Estadística de Andalucía en el plazo de un mes, o ser impugnada ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, donde tenga su domicilio el/la demandante o, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 8 a 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de febrero de 2005.- El Director, Juan Antonio Fernández Cordón.

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