Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº3 DE ROQUETAS DE MAR

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 328/2001. (PD. 721/2005).

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NIG: 0407941C20013000354.

Procedimiento: J. Verbal (N) 328/2001. Negociado: CP. Sobre: Tráfico.

De: Don Esteban Ruiz Ruiz.

Procuradora: Sra. Arroyo Ramos M.ª Angeles. Letrado: Sr. Sáez Castillo Juan Francisco. Contra: Doña María Victoria Nevado González, Oial Spania, S.A. y Axa Aurora Ibérica Compañía de Seguros y Reas., S.A. Procuradora: Sra. María Dolores Galindo de Vilches. Letrado: Sr. Cano Velázquez, Juan Miguel.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 328/2001 seguido en el Juzgado de Prim. Inst. e Instr. núm. Tres de Roquetas de Mar, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"En Roquetas de Mar, a veintiuno de octubre de dos mil tres. Vistos por Luis Durbán Sicilia, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de los de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Verbal de reclamación de cantidad, registrados con el núm. 328/01 de los asuntos civiles de este Juzgado, que han sido promovidos por don Esteban Ruiz Ruiz, representado por la Procuradora Sra. Arroyo Ramos y defendido por el Letrado Sr. Sáez Castillo, frente a doña María Victoria Nevado González, que ha permanecido en rebeldía, frente a la mercantil Oial Spania, S.A., que no llegaba a ser emplazada, dado el desistimiento de la actora, y frente a la compañía Axa Seguros, representada por la Procuradora Sra. Galindo de Vilches y bajo la dirección letrada del Sr. Cano Velázquez.

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Arroyo Ramos, en nombre y representación de don Esteban Ruiz Ruiz, debo condenar y condeno a la entidad Axa Seguros y a doña María Victoria Nevado González que abonen solidariamente a la actora la suma de 678,05 euros, en concepto de principal, más los intereses legales, que para la primera serán los expresados en el fundamento de derecho sexto y para la segunda serán los del art. 576 de la LEC, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a ambas partes demandadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer en el plazo de cinco días recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s declarada en rebeldía a María Victoria Nevado González, extiendo y firmo la presente en Roquetas de Mar a cuatro de febrero de 2005.- El/La Secretario.

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