Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 08/03/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº16 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 93/2003. (PD. 678/2005).

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NIG: 410910OC20030002071.

Procedimiento: J. Verbal (N) 93/2003. Negociado: 3. Sobre: Desahucio y reclamación de cantidad. De: Doña Concepción Giraldez Guisado.

Procuradora: Sra. Reyes Martínez Rodríguez288. Contra: Don Eduardo Carrillo Vargas.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 93/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de Sevilla a instancia de Concepción Giraldez Guisado contra Eduardo Carrillo Vargas sobre desahucio y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Sevilla a 23 de junio de 2004.

Vistos por don Antonio María Rodero García, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de los de esta ciudad los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el núm./03 a instancias de Concepción Giraldez Guisado representado por la Procuradora Sra. Martínez y asistido del Letrado Sr. Osuna contra Eduardo Carrillo Vargas, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago y reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por la Procurador Sra. Martínez en nombre y representación de Concepción Giraldez Guisado contra Eduardo Carrillo Vargas debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento al que los presentes autos se refieren y, consecuentemente, debo condenar y condeno al demandado a desalojar el local sito en calle Arroyo, núms. y 54, local E, de esta ciudad con apercibimiento que si no lo hiciere y lo pidiere la actora se procederá a su lanzamiento, así como a pagar al actor la cantidad de mil cuatrocientos sesenta y cuatro euros con seis céntimos (1.464,06 euros), que devengará el interés legal, así como las rentas que devengadas desde el mes de febrero de 2003 hasta el desalojo a razón de

212,45 euros mensuales, con imposición a la parte demandada de las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla que deberá prepararse en el plazo de 5 días.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Eduardo Carrillo Vargas, extiendo y firmo la presente en Sevilla a tres de enero de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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