Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 11/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 37/2005, de 15 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de una parcela sita en el Polígono III-A. Ampliación de la citada localidad, con destino a edificio judicial, y se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

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Por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela situada en la Manzana F del Polígono III-A. Ampliación de dicho municipio, con destino a edificio judicial.

Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá disponer de instalaciones adecuadas a las necesidades que tiene la Administración de Justicia en la localidad.En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 15 de febrero de 2005,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) de la siguiente finca:

Parcela urbana F del Polígono III-A. Ampliación de Puerto Real, de 3.066 m de superficie, destinada a equipamiento administrativo judicial. Linda: Norte, calle de nueva apertura que la separa de la "Escuela de Formación Profesional Virgen del Carmen"; Sur, calle de nueva apertura que la separa de la Manzana G-1; Este, calle de nueva apertura; y, Oeste, calle de nueva apertura que la separa de las Manzanas B-5 y C-4.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de El Puerto de Santa María, a favor del Ayuntamiento de Puerto Real, al folio 208 del tomo 1.262, libro 261, finca núm..711.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública con destino a edificio judicial.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 15 de febrero de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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