Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 14/03/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se deja sin efecto la Resolución de 30 de diciembre de 2004 en lo relativo a la oferta de vacantes del Cuerpo Superior Facultativo, opción Conservadores del Patrimonio.

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Por Resolución de 30 de diciembre de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, se hizo pública relación definitiva de aprobados/as y se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Conservadores del Patrimonio (A2025).

Del examen de la documentación presentada por los interesados y de los requisitos exigidos para el desempeño de las vacantes ofertadas, se constata la imposibilidad de adjudicar los destinos, de acuerdo con la puntuación obtenida y el orden de preferencia establecido por cada uno de los aspirantes seleccionados.

En virtud de lo expuesto, esta Secretaría General para la Administración Pública,

R E S U E L V E

Primero. Dejar sin efecto el Anexo I de la Resolución de 30 de diciembre de 2004, y proceder a ofertar nuevas vacantes a los aspirantes seleccionados.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el art. 23.5 del Decreto 2/2002 de 9 de enero, modificado por Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, y a fin de favorecer la celeridad en la gestión del proceso selectivo, los trámites de oferta de vacantes y petición de destino previstos en los ordinales Segundo y Cuarto de la resolución antes citada, se sustituirán por un acto único que se celebrará el próximo día de marzo a las 12,00 horas, en la Sala de Juntas de la Secretaría General para la Administración Pública, sita en Sevilla, Av. República Argentina, núm. 25, 5.ª planta.

A dicho acto deberán comparecer los aspirantes aprobados provistos del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.

En caso de incomparecencia, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas las actuaciones.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de marzo de 2005.- El Secretario General, Pedro Pérez González-Toruño.

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