Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Mediante Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, se determinaron las competencias de la Consejería de Medio Ambiente, concretándose la estructura orgánica en el Decreto 206/2004, de 11 de mayo. Los cambios organizativos introducidos en el mismo motivaron que se revisaran las órdenes de delegación existentes, dictándose al efecto la Orden de 23 de junio de 2004.
Razones de eficacia, celeridad y simplificación en la tramitación y resolución de los expedientes administrativos, aconsejan ampliar la delegación efectuada a los órganos centrales y periféricos de esta Consejería, en materia de gestión del gasto público.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de
21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,
D I S P O N G O
Primero. Se da nueva redacción al apartado 5 del artículo 3, en los siguientes términos:
"5. En materia de gestión económica, las funciones de aprobación de gastos, su compromiso, liquidación y proposición de pagos a que se refiere el artículo 50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con los créditos que tengan asignados para atender los gastos propios de los servicios a su cargo en el ámbito de sus competencias."
Segundo. El contenido del apartado 5 pasa a ser apartado.
Tercero. Se modifica la letra a) del apartado 2 del artículo
4, con el siguiente contenido:
"a) Las funciones de aprobación de gastos, su compromiso, liquidación y propuesta de pago previstas en el artículo 50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación a los créditos que se asignen a cada Delegación para atender los gastos propios de los servicios a su cargo, cualquiera que sea la naturaleza y cuantía de éstos, incluidos los de personal."Cuarto. La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Sevilla, 25 de febrero de 2005
FUENSANTA COVES BOTELLA
Consejera de Medio Ambiente
Descargar PDF