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NIG: 2906742C19934000053.
Procedimiento: Menor Cuantía 738/1993. Negociado: MM.
De: Construcciones y Edificaciones Velasco, S.A., y Camacho y Santana, S.L.
Procuradoras: Sras. Molina Pérez, Cecilia, y Marta Justicia del Río.
Contra: KANZA, S.A.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Menor Cuantía 738/1993 seguido en el Juzg. de 1.ª Instancia 4 de Málaga a instancia de Construcciones y Edificaciones Velasco, S.A., y Camacho y Santana, S.L., contra KANZA, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 30
En Málaga, a cuatro de febrero de dos mil cinco.
El Sr. don Juan de Dios Anguita Cañada, Magistrado-Juez del Juzg. de 1.ª Instancia 4 de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía 738/1993 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Construcciones y Edificaciones Velasco, S.A., y Camacho y Santana, S.L., con Procuradoras doña Molina Pérez, Cecilia, y Marta Justicia del Río, y de otra como demandada KANZA, S.A., sobre reclamación de cantidad, y,
F A L L O
Que estimando la demanda presentada por las Procuradoras de los Tribunales Sras. Cecilia Molina Pérez y Marta Justicia del Río en nombre y representación de Construcciones y Edificaciones Velasco, S.A., y Camacho y Santana, S.L., respectivamente procede condenar a la demandada KANSA, S.A., pagar a CEVESA la cantidad de 31.961,55 E y a Camacho y Santana, S.L., 10.933,52 E más los intereses legales, con expresa imposición de costas al demandado.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Firmado y rubricado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado KANZA, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a veintitrés de febrero de dos mil cinco.- El/La Secretario.
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