Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 16/03/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAILEN

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO LAS PLAZAS OBJETO DEL PLAN DE ESTABILIDAD LABORAL Y MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DEL EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE BAILEN

El Ayuntamiento de Bailén, convoca concurso para cubrir las plazas ofertadas en el Plan de Estabilidad Laboral y Modernización de la Administración Municipal del Ayuntamiento de Bailén, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento del concurso de las plazas ofertadas en el Plan de Estabilidad Laboral y Modernización de la Administración Municipal del Excelentísimo Ayuntamiento de Bailén, aprobadas por unanimidad de todos los grupos políticos en el Pleno del 26 de agosto del 2004.

La presente convocatoria consiste en la provisión de las plazas reservadas al personal laboral que se corresponde con los puestos de trabajo que se señalan en el Anexo de las presentes bases, desempeñadas actualmente por personal interino o eventual, incluidas en la oferta de empleo público de 2004.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas de acceso a la plaza meritada, será necesario:

- Ser español o ciudadano de la Unión Europea con conocimiento adecuado del castellano para los nacionales de los Estados miembros.

- Tener cumplidos los dieciocho años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Estar en posesión del título que para cada plaza se señala en sus Anexos correspondientes.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

1. Las bases de esta convocatoria se encuentran a disposición de los/as interesados/as en el Registro Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Bailén, sito en Plaza de la Constitución, 1.

2. En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, cursarán su solicitud de ingreso.

3. La solicitud, a disposición de los/as interesados/as en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Bailén, deberá ir acompañada de los documentos exigidos en las bases de la convocatoria, y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Bailén donde le será sellada o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. En relación con las solicitudes presentadas en el

extranjero, las mismas podrán cursarse a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán al Ayuntamiento de Bailén. El/la interesado/a adjuntará a dicha solicitud el comprobante bancario de haber satisfecho la tasa por derechos de examen.

5. Constituye el hecho imponible de la Tasa por Derechos de Examen, la participación en pruebas selectivas para la

cobertura como personal laboral de cualquiera de las plazas contempladas en los Anexos.

6. Los sujetos pasivos de esta tasa serán las personas físicas que soliciten la inscripción como aspirantes a las pruebas selectivas. La cuantía de la tasa para el acceso a la plaza convocada será de 50,00 E, cincuenta euros con cero céntimos que se ingresarán en la unidad administrativa de tesorería, debiendo sellarse por ésta el modelo de solicitud para su presentación o remisión al Ayuntamiento de Bailén, donde le será sellada. De conformidad asimismo con lo previsto en el art. 38.6 de la Ley 30/92, el ingreso podrá efectuarse

mediante giro postal, telegráfico o transferencia bancaria, adjuntando resguardo acreditativo.

7. Los/as aspirantes acompañarán a su instancia los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

De solicitarlo el/la aspirante esta Administración incorporará a la solicitud de admisión a pruebas selectivas la

documentación que el/la interesado/a relacione, siempre que ésta obre en nuestro poder y vaya referida a los últimos cinco años.

8. Con la presentación de la solicitud se entiende que el/la interesado/a autoriza a esta Administración a que sus datos personales pasen a bases de datos informáticas automatizadas.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Concluido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los/as aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días, subsanar las

deficiencias. Posteriormente, se elaborará la lista de

admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial Provincial de Jaén, determinándose en la misma el lugar, fecha y hora de celebración del concurso así como la composición del Tribunal Calificador.

Quinta. Procedimiento de selección.

El proceso selectivo constará de dos fases: concurso de méritos y entrevista.

Primera fase: Concurso de méritos.

El Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados con arreglo al baremo especificado en los Anexos correspondientes a cada plaza.

Segunda fase: Entrevista.

Será opcional, a celebrar en caso de producirse igual

puntuación entre los candidatos, lo cual servirá para

establecer el orden de los seleccionados. La puntuación será 1 a 3 puntos, según el criterio del Tribunal.

Sexta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bailén o persona en quien delegue.

Vocales:

Titular: Dos personas designadas por el Alcalde-Presidente.

Suplente: Dos personas designadas por el Alcalde-Presidente.

Titular: Representante sindical designado/a por el Comité de Empresa.

Suplente: Representante sindical designado/a por el Comité de Empresa.

Secretario/a:

Titular: Secretario/a de la Corporación.

Suplente: Persona en quien delegue el/la titular.

1. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la

asistencia, al menos de la mitad más uno de sus miembros o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, aplicar los baremos correspondientes teniendo además competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstas en las bases.

2. Será además responsable del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos

establecidos tanto para la valoración de los méritos como para la publicación de sus resultados.

3. En caso de no hallarse presente el/la Presidente/a del Tribunal Calificador asumirá sus funciones el/la Vocal de mayor edad. El/la de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de este o de su suplente.

El/la Secretario/a del Tribunal Calificador actuará con voz y sin voto salvo en el supuesto en que el Tribunal por ausencia de alguno de sus miembros titulares y suplentes, esté

compuesto por número par.

4. Los/as miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir y los/as aspirantes podrán promover la recusación de los/as mismos/as cuando concurran algunas de las causas previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública.

5. Los Vocales tendrán nivel de titulación igual o superior al requerido en cada plaza.

Séptima. Calificación de los aspirantes y contratación.

Concluida la calificación de los/las aspirantes, el Tribunal Calificador hará pública, la relación de aprobados/as por orden de puntuación, no pudiendo proponer éste un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación que contravenga lo establecido. Propuesto/a el/la aspirante y previa a su

contratación deberá aportar en el Unidad Administrativa de Personal el resto de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad exigidos en dicha convocatoria.

Octava. Impugnación.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de

interposición de recurso de reposición se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo

anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bailén, 22 de febrero de 2005.- El Alcalde.

ANEXOS

PRIMERA FASE: CONCURSO DE MERITOS

Denominación de la plaza: Peón Albañilería.

Número de plazas: 3.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 39 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Oficial de Albañilería.

Número de plazas: 2.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 34 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Oficial Jardinería (Jefe de equipo).

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B. Título de capataz agrícola. Formación Profesional de Primer Grado o similares en las ramas de Agricultura o Jardinería.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima, que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 31 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Conductor Camión.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B y C.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 45 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Conductor Maquinaria Obras.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 61 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Oficial Servicios Municipales.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisitos: Poseer carné de conducir B. Carné de instalador fontanero autorizado.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 35 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Técnico/a en Informática.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Bachiller, F.P. 2 o equivalente.

Mérito específico: Formación técnico/comercial en

Administración de Lotus Domino 6. Formación en aplicación informática en GIM.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o de similar categoría a la convocada en municipios de más de

20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 27 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 2 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 punto por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Operaria Limpiadora.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 30 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Telefonista.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Requisito: Minusvalía declarada superior al 33%.

Mérito específico: Formación complementaria relacionada con atención al público.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 32 puntos.

Se entenderá por plaza, de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Denominación de la plaza: Técnico Auxiliar de Delineación.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I. o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 32 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 punto por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Archivero/a.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Titulado medio.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 35 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 8 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 punto por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

- Por la participación como Director o Coordinador de

Jornadas: 0,5 puntos por certificación.

Denominación de la plaza: Técnico/a en Gestión Empresarial.

Número de plazas: 2.

Titulación exigida: Titulado superior.

Requisito: Licenciado/a en Derecho.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 55 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se

acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 punto por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Cuidador/a Educador/a de Guardería Municipal.

Número de plazas: 2.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 44 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 3 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 punto por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Educador/a de Taller Ocupacional.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: BUP, F.P. II o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 32 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 5 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 puntos por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Ayudante de Cocina de Guardería Municipal.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 29 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo, hasta un máximo de 4 puntos.

- De 20 a 40 horas: 0,1 puntos por curso.

- De 41 a 70 horas: 0,2 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0,5 puntos por curso.

- De 100 a 200 horas: 1 punto por curso.

- De 201 horas en adelante: 1,5 puntos por curso.

Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.

Número de plazas: 1.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. I, o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 33 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

Formación: Siempre que se encuentren en relación con la plaza a cubrir por así ser valorados por el Tribunal y se acredite su duración se puntuarán conforme al siguiente baremo hasta un máximo de 4 puntos.

Denominación de la plaza: Conserje de edificios públicos.

Número de plazas: 3.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente.

Experiencia profesional:

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desmpeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de menos de 20.000 habitantes: 2,5 puntos.

- Por cada semestre de servicios prestados en la

Administración Local desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada en municipios de más de 20.000 habitantes: 1 punto.

- Por cada semestre de servicios prestados en otras

Administraciones desempeñando una plaza de igual o similar categoría a la convocada: 0,5 puntos.

La puntuación máxima que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 25 puntos.

Se entenderá por plaza de igual categoría, los servicios prestados con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta. Se entenderá por plaza de similar categoría los prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto con similar contenido funcional a la plaza a la que se opta.

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